Edicto: Autos 259.045 Rivoletti

Por UNO

JUEZ DEL SEGUNDO TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE MENDOZA. EXPTE N°259.045 “RIVOLETTI, SALVADOR ALAN C/ QUINTEROS SEPULVEDA, HUGO DAMIAN Y OTS. P/D. Y P. (ACCIDENTE DE TRANSITO)”, ordena notificar a VALENTINA GABRIELA ARAYA DAVILA DNI No 36.230.979
por medio de edictos a publicarse en el Boletín Oficial y Diario UNO por durante TRES DIAS
con dos días de intervalo la sentencia monitoria de estos autos.-
A fs. 272 el Tribunal proveyó: “Mendoza, 04 de Junio de 2019.- VISTOS Y CONSIDERANDO: Los autos precedentemente individualizados, atento a lo solicitado, en virtud de lo normado por los artículos 273, 275, 282, 283 y concordantes del Código Procesal Civil, es que RESUELVO: I.- Concédase el plazo de DIEZ DIAS a fin de acreditar la personería invocada, bajo apercibimiento de ley (art. 29 del CPC) II.- Téngase a los ejecutantes RIVOLETTI SALVADOR ALAN, DENIS BONINO MARIELA, VIZCAINO GUILLERMO y BONDINO MIGUEL ANGEL por presentados, parte y domiciliados en el carácter invocado.- III.- Líbrese mandamiento contra QUINTEROS SEPULVEDA HUGO DAMIAN y VALENTINA GABRIELA ARAYA DAVILA.- IV.- Ordenar se requiera de pago a los demandados por el cobro de la suma de pesos UN MILLON TRESCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS (1.303.900) que Ie reclaman los ejecutantes en concepto de capital y honorarios regulados a fs. 215/230; con más la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIEN ($496.100), fijada provisoriamente en concepto de intereses que correspondan y costas. V.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad de los demandados, susceptibles de tal medida, hasta cubrir la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS MIL
“ ($1.800.000), fijada provisoriamente para responder a capital, honorarios, intereses y costas.
Facúltese al oficial de Justicia a hacer uso del auxilio de la fuerza pública y allanamiento de domicilio-en caso de ser necesario, habilitación de lugar, día y hora. VI.- Citase a los demandados para defensa por el término de TRES (3) DIAS, bajo apercibimiento de ley, y emplázaselos para que constituyan domicilio legal dentro del radio del juzgado (art. 21, 74 y 75 del Código Procesal Civil). Cúmplase por intermedio de la Oficina de Medidas Judiciales. Requerido que sea de pago el demandado Hugo Damián Quinteros Sepúlveda en su domicilio real, publíquese mediante edictos en el Boletín Oficial y diario “UNO”, el presente autos y el punto 2) de la resolución de fs. 117, durante TRES DIAS con dos días de intervalo. OMITASE SU PUBLICACION EN LISTA. PUBLIQUESE. REGISTRESE. NOTIFIQUESE. DRA. MARCELA RUIZ DIAZ Juez”.-
A Is.117 el Tribunal proveyó: Mendoza, 7 de setiembre de 2017. RESUELVO: (…) 2) Declarar de ignorado domicilio a VALENTINA GABRIELA ARAYA DAVILA, D.N.I Nro. 36.230.979.(…) Fdo: Dra. MARCELA C. RUIZ DIAZ - Juez

Publica: 11/2/20

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