TRIBUNAL GESTION JUDICIAL ASOCIADA N° 1- PRIMERA CIRCUNSCRIPCION MENDOZA, autos Nro. 257984, caratulados “OROZCO RAFAEL C/PEREZ EUFRASIO Y OTS. P/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, notifica a: 1- UFRASIO PÉREZ por su propio derecho, demandado, titular registral, de ignorado domicilio; y 2-ARMODIO CAPDEVILLA por su propio derecho, demandado, titular registral, de domicilio ignorado: “Mendoza, 05 de Julio de 2016. Por presentado, parte y domiciliado, en el carácter invocado. De la demanda interpuesta, TRASLADO al titular registral por el término de DIEZ DÍAS para que comparezca, responda, ofrezca pruebas y constituya domicilio legal dentro del radio de este Juzgado bajo apercibimiento de ley (arts.21,74,75,210 inc.3°,212,214 y cc. del C.P.C.). Téngase presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para su oportunidad. Hágase saber a posibles interesados la existencia del presente juicio que pretende usucapir el inmueble ubicado en el distrito de VILLA, lugar VILLA ANTIGUA, del departamento de LA PAZ, con frente a calles MITRE, COROCORTO, ANCHA, MOLL, PRINGLES y EMILIO CIVIT S/N, por edictos a publicarse en el Boletín Oficial y el Diario UNO por DIEZ VECES a intervalos regulares durante CUARENTA DÍAS.PREVIO, OFÍCIESE al Registro de la Propiedad para que informe sobre la titularidad y gravámenes que afecten al inmueble motivo del presente juicio. Cítese al Gobierno de la Provincia de Mendoza en la persona del Sr. Gobernador y del Sr. Fiscal de Estado, y a la Municipalidad de La Paz en la persona del Sr. Intendente. Notifíquese al Sr. Fiscal de Estado con el expediente en su despacho. Oportunamente, dése intervención al Defensor de Pobres y Ausentes en turno. PREVIO A TODO, dispóngase la ANOTACIÓN DE LITIS del presente proceso, respecto del inmueble objeto de autos, inscripto como TITULO I: 2da. Inscripción al N°128, fs.45 del Tomo 2 del Departamento de La Paz. TITULO 2: 1ra. Inscripción al N°600, fs.233, del Tomo 5 del Departamento de La Paz, debiendo librarse por medio del correspondiente formulario 8 (art,1905 último párrafo del CCC). CÚMPLASE. Téngase presente la cesión acompañada y el dictamen fiscal que antecede. Not. Fdo. DR. JUAN DARÍO PENISSE. Juez”
Publica: 16, 19, 24, 30/12 Y 4, 7, 12, 17, 20, 27/2/20