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EDICTO: DI MARCO, JOSE MARIO C/ LA SUPERIORA VIÑEDOS, BODEGAS Y OLIVARES S.A. P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - Autos Nº 218.766

Juez Unidad de Gestión Asociada Nº 4, PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE MENDOZA, en Autos Nº 218.766, caratulados: "DI MARCO, JOSE MARIO C/ LA SUPERIORA VIÑEDOS, BODEGAS Y OLIVARES S.A. P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, NOTIFICA a la SUPERIORA VIÑEDOS, BODEGAS Y OLIVARES S.A., de domicilio ignorado, que el juzgado a fs. 183 dictó la resolución que en su parte pertinente dice: "Mendoza 22 de diciembre de 2009.-. ... Proveyendo fs. 154 y sgtes. de la demanda por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA INCOADA, córrase TRASLADO por el plazo de DIEZ DIAS, a la parte accionada LA SUPERIORA VIÑEDOS, BODEGAS Y OLIVARES S.A., con más un día por cada cien kilómetros de distancia o fracción que exceda de cincuenta, con citación y emplazamiento para que comparezcan respondan, ofrezcan pruebas y constituyan domicilio legal dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de ley (art. 21, 74, 75, 212 y 214 del CPC y art. 24 de la ley 14159). NOTIFIQUESE por cédula ley 22.172.- Publíquense edictos DIEZ VECES a intervalos regulares durante CUARENTA DIAS en el boletín oficial y Diario LOS ANDES, citándose a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble, para que comparezcan a ejercerlos dentro del plazo acordado precedentemente y bajo apercibimiento de ley. Citase asimismo a Fiscalía de Estado y Municipalidad de Lavalle a los efectos dispuestos por el art. 214 del CPC quienes deberán comparecer a ejercer sus derechos dentro del mismo plazo ordenado precedentemente y bajo apercibimiento de ley. - Comuníquese la promoción de esta demanda al Registro de la Propiedad Inmueble al solo efecto de publicidad y noticia (dispositivo VII - Técnico Registral N° 5) A sus efectos ofíciese en la forma de estilo. Oportunamente dese intervención al Sr. Agente Fiscal" NOTIFIQUESE. Fdo. Dra. María Silvina Abalos. Juez”. - A fs. 496 dice: "Mendoza, 01 de febrero de 2023. ... Al punto I: téngase por modificada la demanda en cuanto a la prueba ofrecida. NOTIFIQUESE conjuntamente con el traslado de fs. 183.- Al punto II: Atento a lo expuesto, constancias de autos, dictamen Fiscal de fs.493 autorícese la notificación edictal del traslado de la demanda y su modificación a la demandada LA SUPERIORA VIÑEDOS, BODEGAS Y OLIVARES S.A, haciendo saber a la misma que en caso de no comparecer en el plazo otorgado, será declarada Rebelde. (art. 46 del CPCCT) ... Fdo. MARIA LUZ COUSSIRAT. JUEZ.

Publica los días 17 y 24 de Febrero y 01 de Marzo de 2023.-

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