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EDICTO: ARROYO PABLO ALBERTO C/ CORPA MAXIMO P/ DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO - AUTOS N° 411.835

JUEZ DEL TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA N° 4, PRIMERA CIRCUNSCRPCIÓN JUDICIAL, AUTOS N° 411.835, caratulados “ARROYO PABLO ALBERTO C/ CORPA MAXIMO P/ DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO”, NOTIFICA a MÁXIMO CORPA DNI N° 12.933.185 lo ordenado en Autos; a fs. 5, el Tribunal resolvió: “…I – Mendoza, 05 de Mayo de 2022. Proveyendo ID MeeD XCLPC21910: Téngase presente el escrito ratificatorio acompañado. Por acreditada la personería invocada. Téngase presente el Informe de Dominio y Titularidad adjunto en autos. En consecuencia, proveyendo lo peticionado mediante mediante ID MeeD RKFGF261453: Por ampliada la demanda en los términos expuestos. De la demanda instaurada y de su ampliación, CÓRRASE TRASLADO a la parte demandada, por el término de VEINTE (20) DÍAS, con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, ofrezca prueba, denuncie domicilio real y electrónico, y constituya domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de ley.(arts. 21, 74, 75, 155, 160, 161 y ccs. C.P.C.C.T.). NOTIFÍQUESE. Cítase de garantía a CALEDONIA ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., por el término de VEINTE (20) DÍAS, a fin de que comparezca, conteste demanda, denuncie domicilio real y electrónico, y constituya domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de ley (arts. 21, 25, 155, 160, 161 y ccs. del C.P.C.C.T., y art. 118 Ley de Seguros). NOTIFÍQUESE. Fdo. Deblasi Erica – Juez”.- A fs. 29, el Tribunal resolvió: “…Mendoza, 13 de Diciembre de 2022. AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO : Los presentes autos, información sumaria rendida, y dictamen fiscal, RESUELVO: I.- Aprobar en cuanto por derecho corresponda la información sumaria rendida en autos. II.- Declarar como personas de ignorado domicilio, al Sr. MÁXIMO CORPA DNI N° 12.933.185. III.- Ordenar se notifique al Sr. Máximo Corpa, demandado en autos, la presente resolución conjuntamente con el traslado de la demanda, por medio de edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL y en DIARIO UNO, por el término de tres días, con dos días de intervalo, bajo la responsabilidad de la parte actora y conforme lo establecen los arts. 69 y 72 del C.P.C.C.T. IV.- Efectuadas las publicaciones, dése intervención al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes en turno. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. PUBLÍQUESE. Fdo. Deblasi Erica – Juez”.-

Publica los días 23 y 28 de Febrero y 03 deMarzo de 2023.-

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