Atención presencial

Los bancos volverán a atender sin turno desde el lunes

A partir del lunes, los bancos podrán atender sin turno, pero garantizando el estricto cumplimiento de medidas sanitarias
Por UNO

El Banco Central informó este jueves que las entidades financieras y las empresas que prestan servicios vinculados podrán a partir del lunes realizar la atención presencial del público en general sin turno.

En caso de optar por dar prioridad a la atención con turno, deberán exhibir esa condición en forma clara en sus páginas de Internet.

Según la comunicación de la autoridad monetaria, el turno no podrá demorar más de tres jornadas hábiles y se deberá tramitar en forma sencilla a través de esas páginas, o por otro medio electrónico, y atenderse con celeridad, indicó la autoridad monetaria.

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El Banco Central informó que las entidades financieras y las empresas que prestan servicios vinculados podrán a partir del lunes realizar la atención presencial del público en general sin turno.

El Banco Central informó que las entidades financieras y las empresas que prestan servicios vinculados podrán a partir del lunes realizar la atención presencial del público en general sin turno.

Por otra parte, si la capacidad de atención lo permite, se podrá atender con ambas modalidades, dando prioridad a la atención de los clientes que tienen turno y a personas que se presenten con su Certificado Único de Discapacidad vigente o con movilidad reducida.

Además, el Banco Central detalló que "el pago de haberes previsionales o prestaciones de la seguridad social se deberá realizar conforme al cronograma establecido por el respectivo organismo. El día en que los beneficiarios deban presentarse para cobrar su jubilación, pensión y/o prestación, podrán realizar cualquier otro trámite".

https://twitter.com/BancoCentral_AR/status/1458904783344082952

A su vez, la normativa indica que "las entidades alcanzadas por esta resolución están sujetas al estricto cumplimiento de las normas sanitarias y de las recomendaciones dispuestas por las autoridades sanitarias nacional y/o jurisdiccional, garantizando la provisión de los elementos sanitarios y de limpieza y el cumplimiento de las distancias interpersonales de seguridad estipuladas".

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En ese sentido, se recuerda que deberán cumplir la totalidad de las medidas preventivas generales destacándose las siguientes reglas de conducta, "las personas deberán mantener, entre ellas, una distancia mínima de 2 metros, las personas deberán utilizar tapabocas en espacios compartidos, se deberán ventilar los ambientes en forma adecuada y constante y las personas deberán higienizarse asiduamente las manos", concluyó el Banco Central.

La norma alcanza a:

  • Entidades financieras.
  • Empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra.
  • Los otros proveedores no financieros de crédito inscriptos.
  • Casas de cambio.
  • Empresas de cobranzas extrabancarias.

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