Por otra parte, a quienes se les hubiese asignado un número de CUIL con anterioridad a la vigencia de la medida y que estén amparadas por la Ley de Identidad de Género 26.743 podrán solicitar un nuevo número de ese código por única vez.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y la AFIP deberán adecuar los sistemas informáticos para que sean asignados de forma aleatoria, en tanto ambas dependencias conformarán una Comisión de Trabajo para consensuar "los mecanismos de articulación y coordinación con los organismos públicos necesarios para implementar las modificaciones en el CUIL y en el Código Único de Identificación Tributaria (CUIT)".
El objetivo de esa medida apunta a establecer la trazabilidad de los datos y la notificación a los organismos correspondientes y, la Resolución de Moroni, regirá a los 180 días de su publicación en el Boletín Oficial, concluyó el documento de prensa de la cartera laboral.