Un viejo conflicto

La Corte escucha a las partes por la apertura de los supermercados los domingos

Por UNO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación concretó la audiencia pública para escuchar los argumentos de las partes en torno de la prohibición de que abran los supermercados los días domingo, establecida por el Concejo Deliberante de la ciudad de Arroyito (Córdoba) y cuestionada por un comerciante local de origen chino.

La ordenanza 1.660, sancionada en agosto de 2014 bajo el título de “Descanso dominical del trabajador”, prohibió a los supermercados con cien o más metros cuadrados abrir los domingos, y estableció multas progresivas para quienes la incumplieran.

El comerciante local Jinchui Shi interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra la Municipalidad por esta ordenanza, que llegó hasta el Tribunal Superior de Justicia de la provincia y tuvo fallo favorable.

Sin embargo, el municipio recurrió la decisión que terminó llegando a la Corte Suprema que, como en casos controversiales, convocó a una audiencia pública para escuchar a las partes y a los “amigos del tribunal” (amicus curiae) que ofrezcan elementos de juicio para fundar una decisión.

En apoyo de la posibilidad de abrir los domingos concurrió el abogado Adrián Maldonado, representando al Centro de Estudios sobre Derecho y Religión, para exponer que validar la norma implicaría vulnerar el principio de igualdad ante la ley.

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“La imposición del descanso dominical con argumentos parcial o completamente religiosos somete a una condición desigual a quienes no profesan esa religión”, argumentó Maldonado, e insistió: “La norma cuestionada se funda en un dogma religioso, con lo cual se afecta la independencia del Estado en materia religiosa”.

Por el contrario, el secretario general de la Asociación de Empleados de Comercio de Rosario, Luis Battistelli, en apoyo de la norma que prohíbe la apertura, mencionó la progresiva precarización de las condiciones laborales de los trabajadores.

“Creemos que es un problema de nuestra sociedad, en la que a los trabajadores se los viene precarizando y en este caso específico el súper de Arroyito no presenta nómina de personal: figuran los empleados como concesionarios de venta de fruta y verdura”, denunció Battistelli.

En el cierre de la audiencia, el tribunal interrogó en términos técnico-jurídicos a los representantes legales de las partes; en el caso del supermercadista, el abogado Osvaldo Nuñez Silva, y por el municipio el letrado Juan Manuel Freites. 

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Ambos defendieron sus argumentos de origen, en el caso de Nuñez Silva, señalando que el Concejo de Arroyito se excedió en sus capacidades regulatorias; y en el caso de Freites invocando el valor cultural del trabajo para esta comunidad, que incluye los períodos de descanso como parte fundamental.