Ese bono a jubilados se pagará entre el 17 y 23 de diciembre, según el calendario diagramado junto a la ANSES, por terminación de DNI.
Bono a Potenciar Trabajo
El ministerio de Desarrollo Social anunció un bono de $9.450 para beneficiarios del Potenciar Trabajo. Se pagará el 21 de diciembre.
Pago adicional anual: plus del 20% para AUH
El "plus de $6.000 por hijo" al que refiere el ministro Arroyo es el pago adicional anual previsto para todos los beneficiarios de AUH por reintegro del 20% que se retiene cada mes de su prestación.
Este año, a diferencia de otros, no será requisito la presentación de la Libreta AUH y se pagará de manera automática.
La suma total de lo retenido en 2019 es de unos $6.000. La de 2020 es de unos $8.500 por hijo.
Caja navideña
La entrega de cajas navideñas fue anunciada por el Gobierno para AUH y jubilados pero no se ha determinado cómo se hará la misma ni en qué fecha.
Cada caja contendrá:
- pan dulce
- vino
- champagne
- maníes
- chocolates
- turrones
Tarjeta Alimentaria
Otro de los beneficios para los AUH y AUE es el pago doble de la Tarjeta Alimentaria. El saldo se verá duplicado por única vez en diciembre.
Así, quienes habitualmente perciben $4.000 por un hijo menor de 6 años, cobrarán $8.000: Y quienes perciben $6.000 por más de un hijo menor de 6 años, tendrán acreditado un saldo de $12.000.
Esas ciras se acreditarán el viernes 18 de diciembre.
anses auh diciembre 2020 pago adicional anual bono de fin de año.jpg
Bono, aguinaldo, pago extra del 20%, Tarjeta Alimentaria: qué beneficio te toca como AUH, jubilados o trabajador
Aguinaldo
Trabajadores registrados perciben en diciembre el medio aguinaldo correspondiente a la segunda mitad del año. También lo cobran jubilados y pensionados.
El aguinaldo es un sueldo anual complementario que se paga en dos veces, una en junio y otra en diciembre.
Para el cálculo se toma el mejor salario mensual remunerativo del semestre inmediato anterior (incluído el mes en curso).
El pago del mismo, en el caso de los jubilados y pensionados, se realiza junto al pago de sus haberes, conforme el calendario confirmado por la ANSES.
En caso de trabajadores registrados se realiza hasta el 18 de diciembre, conforme la ley 27.073 (el límite abarca 4 días hábiles posteriores).
A la empleada doméstica también le corresponde.