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María Teresa Day, ministra de la Suprema Corte de Justicia consideró que hay que aplicar sanciones más severas a los padres que no cumplen con el pago de los alimentos a sus hijos.
En 2001 se creó el Registro de Deudores Alimentarios y sufrió otra modificación en 2011.
"Sigue siendo un problema moral y ético, no de dinero. Me tocó vivir en mis primeras experiencias como secretaria de un juzgado ver a un hombre que renunció a su empleo en blanco para no cumplir con la cuota alimentaria de sus hijos. Por eso, es necesario un cambio cultural y sanciones que sean más duras para quienes están burlando los derechos de las criaturas", indicó la magistrada.
Day detalló que ejunto con la Asociación de Mujeres Juezas del país se reúnen en distintos puntos de Argentina para evaluar y compartir experiencias que mejoren la tarea de la Justicia. En ese sentido, ponderó las iniciativas de la Ciudad de Buenos Aires y Salta.
"Los jueces permanentemente estamos estudiando y mirando otras formas de resolver los problemas tanto en el país, como en el mundo. Por eso, es bueno que se modifiquen las leyes porque lo que a lo mejor funcionó en algún momento, ya no", recalcó.
Actualmente quien debe tres cuotas consecutivas o cinco discontinuas ingresa al Registro de Deudores Alimentarios que se comparte con todo el país. Por eso, quienes tenían la infracción en Neuquén fueron detectados en Buenos Aires y excluidos del recital de Los Piojos.
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En los juzgados de Familia se hacen los acuerdos para el régimen de visita y el pago de los alimentos a los hijos.
Martín Pravata
Prohibir a los deudores de alimentos ingresar a estadios y recitales
En Mendoza, la legisladora Claudia Najul presentó un proyecto para modificar las restricciones que tiene la Ley de Deudores Alimentarios y modernizarla como lo que ya ocurre en la Ciudad de Buenos Aires. Sin embargo, la idea no tuvo mayores avances.
Najul señaló que su proyecto fue compartido con el Ministerio de Seguridad para que de llegar a aprobarse la norma, pueda haber un cruce de datos entre el Registro de Deudores Alimentarios y los que tienen los eventos deportivos o culturales.
Fuentes de la cartera de Seguridad manifestaron que en la actualidad no es estrictamente necesario hacer correcciones en la ley, sino que un juez de oficio lo puede solicitar.
En la consulta a los jueces de familia, la opinión unánime fue que es vital con la expresa letra de la ley para evitar el ingreso de morosos a las canchas o a eventos culturales.
Controles de Deudores Alimentarios en la cancha. Las prohibiciones de CABA que conmocionaron al país
La Ciudad de Buenos Aires cambió su ley de deudores alimentarios. Quiénes tengan la deuda de varios meses no podrán ir a la cancha, ni a recitales.
Fuente: Infobae
Qué establece la Ley de Deudores Alimentarios de Mendoza
Restricciones en Mendoza
- Acceso a cargos públicos: no pueden ocupar cargos públicos ni ser nombrados para empleos o comisiones en la administración pública.
- Proveedores del Estado: se les impide ser proveedores del Estado provincial.
- Espectáculos deportivos y culturales: se busca prohibirles el ingreso a eventos deportivos y recitales, como medida para incentivar el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias.
- Viviendas sociales: se les puede impedir la transferencia o cesión de viviendas sociales construidas por la provincia.
- Transferencias de inmuebles:se puede impedir la transferencia de inmuebles hasta que regularicen su situación de morosidad.
- Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM):Mendoza cuenta con un registro donde se inscribe a los deudores alimentarios morosos, y la inclusión en este registro tiene consecuencias importantes. Además, la nómina es pública.
Restricciones nacionales
- Inscripción en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios: La inscripción en este registro puede generar consecuencias como la retención de devoluciones de impuestos, la imposibilidad de obtener o renovar licencias de conducir o pasaportes, y la retención de dinero de operaciones de crédito.
- Posibles medidas adicionales: En casos de incumplimiento, el juez puede ordenar medidas como multas, arresto, o prohibición de salida del país.