Demanda

Los gatos del vecino no lo dejaban dormir por las noches: la Justicia ordenó una indemnización

El dueño de la vivienda lindera denunció que los ruidos nocturnos arruinaron su descanso y provocaron que un inquilino rescindiera el contrato

Un prolongado conflicto de convivencia barrial por la tenencia de mascotas derivó en una sentencia judicial en la provincia de Río Negro. Un vecino de la localidad de Ingeniero Huergo demandó a los ocupantes de la vivienda lindera debido a que los gatos del vecino copaban sus techos durante las noches, protagonizaban corridas y peleas constantes y dejaban suciedad en su patio.

Tras analizar las pruebas y testimonios, el Juzgado de Paz de Ingeniero Huergo hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios, ordenando el pago de una indemnización económica y la adopción de medidas urgentes para frenar los ruidos molestos.

La disputa comenzó a escalar en 2023, cuando el propietario del inmueble afectado advirtió que el desplazamiento incesante de los felinos sobre las chapas interrumpía su descanso nocturno, afectaba su salud y deterioraba el valor de su propiedad. Pese a que el caso ya contaba con antecedentes y multas aplicadas por el Juzgado de Faltas Municipal, las sanciones administrativas no alcanzaron para solucionar el problema entre los frentistas.

Pérdida de inquilinos y perjuicio económico a causa de gatos

Más allá del malestar cotidiano por los ruidos y la presencia de excrementos, el damnificado acreditó un impacto económico directo en su patrimonio. En el mismo terreno contaba con un departamento destinado a renta, cuyo ocupante decidió abandonar la propiedad a raíz del constante alboroto nocturno.

Durante el proceso civil, la declaración del inquilino resultó una prueba concluyente: el joven relató ante el juez que los ruidos de los animales eran habituales, que le resultaba imposible dormir de corrido y que esa situación fue el detonante principal que lo motivó a rescindir el alquiler y mudarse. Para no quedarse con la unidad vacía, el dueño se vio obligado a rebajar el precio mensual del alquiler a los siguientes interesados, lo que configuró un daño patrimonial comprobable.

Por su parte, los demandados intentaron defenderse asegurando que practicaban una tenencia responsable, que los felinos estaban castrados y que en el barrio existía una superpoblación general de animales callejeros. Además, acusaron al denunciante de hostigamiento y de magnificar los inconvenientes diarios.

Los límites de la convivencia urbana según el Código Civil

Al momento de fundamentar su decisión, el magistrado se apoyó en los artículos del Código Civil y Comercial de la Nación que regulan las relaciones de vecindad y las inmisiones inmateriales (ruidos, olores o vibraciones). La ley establece que las molestias tolerables entre linderos tienen un límite razonable, el cual no debe sobrepasar la normal tolerancia teniendo en cuenta la intensidad, la frecuencia y la duración de los hechos.

El juez determinó que las perturbaciones generadas por los animales superaron con creces ese umbral de tolerancia y remarcó la ineficacia de las intervenciones previas de la comuna, dado que los propietarios de las mascotas no adoptaron ninguna solución concreta para evitar que invadieran la propiedad contigua.

La sentencia dio por demostrados tanto el daño moral padecido por el dueño de la casa ante la falta de descanso como el perjuicio financiero por la fuga del inquilino. Además de fijar el resarcimiento indemnizatorio, el fallo intimó a los demandados a implementar de inmediato los cerramientos o cuidados necesarios para impedir que los animales continúen transitando por los techos ajenos.

En pocas palabras

  • Vecino rionegrino: Denunció ruidos de gatos en su propiedad que afectaron su descanso.
  • Indemnización judicial: El juzgado ordenó el pago y medidas para frenar las molestias.
  • Daño comprobado: Se acreditó perjuicio moral y económico por la fuga de un inquilino.
Resumen generado por Thinkindot AI

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