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Gendarmería Nacional ya abrió las inscripciones para cadetes y gendarmes

Gendarmería Nacional anunció que abrieron las inscripciones y los interesados deberán completar un formulario de preselección disponible hasta el 19 de abril

Gendarmería Nacional abrió las inscripciones para cadetes y gendarmes. El proceso de selección de postulantes a cadetes y aspirantes a gendarmes estará disponible hasta el 19 de abril a las 20. Los interesados podrán acceder al formulario de preselección en la página.

Requisitos para postularse como cadete o aspirante de Gendarmería Nacional

  • Ser argentino/a nativo o por opción.
  • Poseer el Documento Nacional de Identidad actualizado.
  • Tener entre 17 a 25 años de edad al 31 de diciembre del año en curso de su postulación (los postulantes menores de edad deberán presentarse acompañados de ambos padres o tutores indefectiblemente, con documentación que lo acredite).
  • La estatura para mujeres debe ser entre 1,60 y 1,85 centímetros y hombres entre 1,66 y 1,95 centímetros.
  • Los tatuajes permitidos son:

a) Todos aquellos que, sin ser ofensivos u obscenos, no estén reñidos con el uso del uniforme.

b) Aquellos que puedan quedar disimulados o cubiertos mediante el empleo del uniforme de gimnasia (pantalón corto, remera mangas cortas con cuello redondo y/o medias o soquetes).

c) Aquellas marcas que se localicen a 5 centímetros por encima del pliegue del codo y que puedan ser cubiertas por la palma de la mano.

d) Las marcas que se sitúen a 5 centímetros por encima de la rodilla y que puedan ser cubiertas por la palma de la mano.

e) Todos aquellos tatuajes que no están comprendidos dentro de los tatuajes no permitidos.

  • Los tatuajes no permitidos:

a) Aquellos tatuajes que sean visibles en rostro, cuello y/o cráneo, o en otra parte del cuerpo, que sean visibles circunstancialmente con el uso de cualquier uniforme reglamentario de la Fuerza (se incluye vestimenta corta, como ser: short, remeras de gimnasia, polleras).

b) En cualquier parte del cuerpo que no puedan ser cubiertos completamente por la palma de la mano y cuya interpretación de leyenda escrita o significado simbólico de los mismos impliquen: cualquier tipo de discriminación, obscenidades, ofensas, etc.

c) Aquellos tatuajes que presenten las características señaladas precedentemente y que se encuentren en proceso de remoción.

  • Tener título de estudios de Nivel Secundario, legalizados por el Ministerio de Educación de la provincia correspondiente. En caso de estar cursando el último año del nivel secundario deberá presentar constancia de alumno regular especificando que no posee asignaturas previas pendientes.

En caso de superar la Primera y Segunda Etapa del Proceso de Selección, le será requerida la Constancia de Título en trámite (sin adeudar materias), acompañada de una copia correspondiente al analítico del libro Matriz confirmando que aprobó el nivel secundario legalizada/certificada, al momento de presentarse a la Tercera Etapa.

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  • No registrar multas en el “Registro de Infractores al DEBER DE VOTAR”. Pueden consultar en: https://infractores.padron.gob.ar
  • No encontrarse como deudor al fisco.
  • No registrar Antecedentes Judiciales o Causas Judiciales en el Registro Nacional de Reincidencia “RNR” dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
  • No Registrar Antecedentes Policiales Provinciales Judiciales o Contravencionales.
  • No haber sido dado de baja por motivos disciplinarios en alguna de las Fuerzas de Seguridad, Armadas o Policiales.
  • En el caso de ex alumnos de la Fuerza, no haber sido separados del curso en carácter de “no readmisible”.
  • Aprobar los Exámenes de Admisión preliminares: intelectuales, médico, físico, psicológico, psicopedagógico, entrevista Institucional, examen de abuso de drogas, examen Subunidad Beta, aprobar el Exámen Preocupacional (Exámenes médicos laborales).

La presentación de un Documento o Certificado falso o adulterado, constituye un delito tipificado en el artículo 296 del Código Penal de la Nación y será reprimido como si fuere autor de la falsedad.

IMPORTANTE: La Falsificación de los DATOS o DOCUMENTOS que deban aportarse dará lugar a la anulación o separación del trámite vigente sin perjuicio de posibles hechos delictivos.

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Tatuajes permitidos y no por Gendarmería Nacional

Tatuajes GENDARMERÍA NACIONAL
Los tatuajes permitidos por Gendarmería Nacional son todos aquellos que, sin ser ofensivos u obscenos, no se vean con el uso del uniforme.

Los tatuajes permitidos por Gendarmería Nacional son todos aquellos que, sin ser ofensivos u obscenos, no se vean con el uso del uniforme.