La Provincia de Mendoza extendió a través de un decreto y por una semana más, hasta el lunes 20 de julio inclusive, el distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

La medida mantiene las habilitaciones y restricciones que rigen desde el 29 de junio y las medidas sanitarias aplicadas desde el 7 de junio pasado.

El decreto destaca que el incumplimiento, constatado por la autoridad competente, será penado con una multa de $5.000.

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El Día del Amigo

La medida del gobierno dice claramente "Prorróguense hasta las veinticuatro horas (24.00 hs) del 20 de julio de 2020, las medidas adoptadas" por lo que no podrá haber reuniones privadas durante el Día del Amigo ni tampoco el fin de semana previo.

Ésto implica que para reunirse con amigos, al menos hasta las 23 del lunes 20, será necesario hacerlo en un bar, café o restaurant y de acuerdo al protocolo establecido, es decir: con reserva previa y en mesas de no más de 6 personas.

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Las medidas más importantes

  • Se mantienen las limitaciones según la finalización del DNI. Las personas cuyos documentos terminan en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán asistir a los comercios habilitados los lunes, miércoles, viernes de 8 a 19 y los domingos de 8 a 13. Las personas cuyos documentos finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán hacerlos los martes, jueves, sábados de 8 a 19 y los domingos de 13 a 19.
  • Continúa la restricción de la circulación de personas en toda la provincia entre las 23.30 de cada día y las 5.30 del día siguiente. Sólo están exceptuadas aquellas personas que deban circular por una emergencia médica debidamente justificada, por la prestación de servicio de salud o afectados a servicios de entrega a domicilio y deliveries.
  • Sobre las reuniones familiares, continúan autorizados en toda la provincia los encuentros de hasta un máximo de 10 personas con “parentesco en razón de la naturaleza, las técnicas de reproducción humana asistida, la adopción o la afinidad, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral”. Sólo los días domingos, de 11 a 19 y sin la limitación de finalización del DNI “ni el concepto de cercanía”.
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Horarios establecidos por el decreto

  • Reuniones familiares: domingos de 11 a 19.
  • Comercio en general: 9 a 19.
  • Supermercados mayoristas y minoristas: 8 a 19.
  • Centros comerciales, malls y shopping centers: 10 a 23. Las tiendas comerciales en general, de 10 a 19 y hasta las 23: los bares, confiterías y restaurantes ubicados en su interior o con salida a la vía pública.
  • Bares, confiterías y restaurantes: 7 a 23.
  • Las farmacias podrán atender en su horario habitual y con los turnos habilitados por la autoridad de aplicación.
  • Expendio de combustible sin límites de horario.
  • Reparto a domicilio (delivery): de domingos a jueves de 7 a 23; viernes y sábados, de 7 a 24.
  • Actividad física y gimnasios: 7 a 23.
  • Administración pública: 9 a 18.
  • Asistencia a cementerios: 10 a 16. Sin apertura de salas de velatorios o realización de velatorios.