Explicó que por tratarse de una norma acordada por los gobernadores, para cambiarla hay que lograr otro acuerdo entre los mandatarios.

Jaque advirtió que no sirve cambiar la ley de impuesto al cheque

Por UNO

El gobernador Celso Jaque insistió

hoy en que modificar el porcentaje que le toca a las provincias mediante la ley de impuesto al

cheque no es sencillo ya que podría devenir en una norma que luego no se pueda aplicar.

Recordando que fue presidente de la Comisión de Coparticipación del Senado, explicó que si

bien la ley del impuesto al cheque "fue creada por ley simple, en 2002 se transformó en una ley

convenio por lo que no se puede modificar la forma de distribución mediante otra ley simple sino

que hay que hacerlo, obligatoriamente, a través de otra ley convenio".

El mandatario se explayó, atípicamente, frente a la prensa local sobre este tema y advirtió

que además de "político soy técnico (es contador), por eso tengo la obligación de decirlo".

Para Jaque sus dichos se sustentan en lo que dicta el

artículo 75, inciso 2° de

la Constitución Nacional que habla de la coparticipación para las provincias.

Lo recaudado por el impuesto al cheque también se coparticipa y actualmente Mendoza recibe

$142 millones por este gravamen, pero si la oposición logra aprobar el cambio en el Congreso, ese

monto escalaría a $442 millones.

En este sentido Jaque dijo: "No estoy en contra de modificar la ley, pero quiero llamar la

atención para que tengamos en cuenta cómo se va hacer, hay que respetar la Constitución porque

corremos el riesgo de que salga una ley simple que luego no se pueda aplicar". Y agregó que no

quisiera que "nos hagan ilusionar con que es posible y después sea letra muerta porque es de

difícil cumplimiento".

Según Jaque, para modificar la ley es necesario reunir a los 24 gobernadores de las

provincias, más el Ejecutivo Nacional y lograr un voto unánime.

Por eso, Jaque dijo que para que ésto se pueda debatir deben ocurrir dos cosas: que se

modifique la Constitución Nacional o que el Congreso reglamente el artículo 75, inciso 2° de la

carta magna. "Es básico porque ya pasó que en el 2004 estábamos avanzando en un proyecto de

coparticipación y una provincia dijo que no y se cayó todo".

"No tiene que ver con veto lo que digo. Yo me refiero a que si no cumple los requisitos, la

modificación es nula de nulidad absoluta en su cumplimiento", concluyó el mandatario.