falsificar el contenido de un instrumento público. El delito, conocido como falsedad ideológica, porque se incorpora un contenido falso sobre undocumento formal, les fue endilgado a los supremos Herman Salvini y Pedro Llorente (este último fuepresidente del cuerpo durante una década), y a un secretario del máximo tribunal de Justicia,Miguel Ángel Marcuzzi. La figura en el artículo 292 del Código Penal prevé penas de 1 a 6 años de cárcel. La denuncia fue motorizada por dos conocidos letrados ante la Unidad Fiscal Especial. Losabogados penalistas Diego Lavado y Dante Vega hicieron la presentación dando cuenta de que lairregularidad fue realizada ante ellos en dos causas que tramitan en el máximo tribunal. La delicada situación es investigada por el fiscal especial Daniel Carniello y si bien escierto que en caso de detectar un accionar delictivo los jueces de la Suprema Corte tienen fueros,por lo que sólo el Senado puede habilitar que se los lleve al banquillo de los acusados, quien nolos tiene es el secretario administrativo de la Corte, Miguel Ángel Marcuzzi, a quien señalan comoel responsable directo de la confección del acta. Diego Lavado precisó sobre la denuncia que "se trata de una irregularidad que los dosministros de la Corte no sólo la cometieron sino que la repitieron días después. Es por unincumplimiento sobre los trámites procesales en dos recursos de casación (pedidos de revisión desentencia ante la Corte) por parte de los jueces (Herman) Salvini y (Pedro) Llorente y elsecretario administrativo del tribunal, que es quien refrenda un acta consignando un hecho que noexistió". Lavado explicó que "cuando la Corte dicta una sentencia de casación tiene la obligación deconvocar a las partes para leer la sentencia y darle lectura bajo sanción de nulidad. Si las partesno concurren, lógicamente puede omitir la lectura y agregar la sentencia al expediente". El letrado indicó: "En dos ocasiones concurrimos por parte del doctor Dante Vega a presenciarla lectura de la sentencia y al momento de referir en Mesa de Entradas que estábamos esperando, elauxiliar trajo el expediente con un acta falsa donde se dejaba constancia de que las partes nohabían concurrido y que por eso se omitía la lectura. Justamente en esa prueba está la fecha y lahora de la comparencia del defensor y el acta que dice lo contrario". El abogado Dante Vega señaló que "es muy grave, porque la no lectura ante las parte presenteses motivo de nulidad. Tiene una trascendencia directa en el proceso". El penalista puntualizó que "en la primera oportunidad me anuncié en Mesa de Entradas y menotificaron que no se leería a pesar de que estaba allí, por lo que dejé constancia con un escritode mi asistencia. Días después comprobé con sorpresa que habían agregado un acta en la que decíaque yo no estaba presente". Vega continuó: "La segunda ocasión fue peor. Me anuncié en Mesa de Entradas para escuchar lalectura y directamente la empleada del tribunal llegó con la sentencia cocida al expediente y elacta que decía que se había agregado porque las partes no estaban presentes".