De los 18 intendentes de Mendoza, hay 6 que ya tienen más de un mandato

Por UNO

La posibilidad de limitar las reelecciones de los intendentes es un tema con el que varios gobernadores han tenido más contramarchas que definiciones. Ya en el 2007 (durante el mandato de Julio Cobos al frente de Mendoza), se aprobó una ley para hacerlo, 2 años más tarde (en tiempos de Celso Jaque) se hizo un referendum que no consiguió avalarla, luego hubo varios proyectos pidieron promulgar aquella ley y ahora una iniciativa oficial busca modificar la ley orgánica de las municipalidades, que sería el camino más corto para hacerlo, aunque algunos dudan si es inconstitucional.

Sin embargo, desde la oposición entienden que la dilatada discusión obedece a intereses partidarios y presentarán la próxima semana un amparo en la Justicia pidiendo que se obligue al Poder Ejecutivo a promulgar lo votado hace ya 11 años. Los constitucionalistas dicen que no podría hacerlo lisa y llanamente.

"En mayo nosotros le enviamos una nota con pronto despacho al gobernador pidiéndole que promulgue la ley 7.814 que sancionó la legislatura en el 2007 -reformando el artículo 198 de la constitución provincial que permite la reelección indefinida-, el 12 de setiembre se votó por unanimidad un proyecto de resolución nuestro para pedir lo mismo, pero ahora vencido el plazo nosotros vamos a usar la vía judicial. Vamos a presentar un amparo para que el Poder Judicial obligue al Ejecutivo a promulgar y poner en funcionamiento esta enmienda constitucional. Básicamente el Ejecutivo no necesita nada, sólo se aplicaría con la ley electoral en el 2019", resaltó el diputado Mario Vadillo, del PI- Protectora.

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La enmienda votada en el 2007 busca reformar el artículo 198 de manera de que los intendentes puedan reelegirse sólo una vez de forma consecutiva y luego deban dejar pasar un periodo de 4 años para volver a intentarlo. Cuando eso se sometió a un referéndum en el 2009 el sí consiguió el 70% de los votos, pero la interpretación de la juez de la Corte, Aída Kemelmajer, indicaba que debía tener el 50% del padrón electoral, algo que no ocurrió.

El legislador especuló con que la dilación para promulgar esta ley se debe a que es hoy moneda de negociación: "El gobernador tiene esto en la manga para negociar con los intendentes de la oposición a la hora de lograr apoyo en determinadas leyes como el presupuesto y a cambio les mantiene su cuota de poder en sus departamentos. Además así también se asegura a futuro mantener el poder del radicalismo en comunas en las que podría perder el justicialismo. El proyecto oficial es sólo una amenaza", remarcó.

Reformar la ley de las comunas

En medio de la discusión también está como alternativa la chance de modificar la Ley 1079 Orgánica de Municipalidades, que es lo que busca el proyecto que la diputada radical Mabel Guerra presentó en mayo.

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La iniciativa que se analiza en la comisión de Legislación limita la reelección no sólo a intendentes sino también a concejales, a una sola vez de manera consecutiva, y coincide con la enmienda en que aquel que se reelija deberá aguardar 4 años para volver a presentarse. En concreto es modificar el artículo 44 de esa ley y sumar el 93 bis.

"Hay quienes dicen que no sería constitucional, pero el proyecto cuenta con el aval de los especialistas en Derecho Constitucional Gabriela Ávalos y Jorge López Reynaldo. En esto hay dos variables, o modificar la ley orgánica de municipalidades que es lo más conveniente o promulgar la ley del 2007. Por un lado u otro esto se va a resolver porque lo que se busca es provocar la alternancia en el ejercicio del poder", especuló Guerra.

Este proyecto se enmarca en la intención que manifestaron todos los intendentes oficialistas, quienes el año pasado enviaron una carta al gobernador pidiendo que promulgara aquella enmienda.

De hecho, ya las comunas de Rivadavia y Guaymallén lo hicieron por ordenanzas propias, pero claro está esto sería poco probable en aquellos departamentos en los que ya se han dado reiteradas reelecciones.

"El camino más corto es reformar la ley orgánica de las municipalidades que es potestad de la legislatura. De hecho ya se hizo en Buenos Aires y se estudia ahora en Rosario. Cuando se votó en el gobierno de Jaque, sólo había una interpretación judicial que exigía que para modificar la constitución era necesario más de la mitad del padrón. En el 2011 se votó cambiar la palabra electores por votantes y ganó el no. Osea que hoy el gobernador no puede promulgar ninguna norma que no tenga más de la mitad del padrón, porque así se votó", concluyó Gabriela Ávalos.

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