En caso de que la Suprema Corte de Justicia ratifique el fallo, sería el primer caso en el sur mendocino en que se reconoce un abuso en als requisas a los empleados.

Condenaron a Átomo Supermercados por obligar a un empleado a desnudarse por un faltante de $100

Por UNO

La Primera Cámara del Trabajo integrada por Dardo Ariel Fernández convalidó en un fallo judicial el autodespido de un empleado de la firma Millán S.A. porque consideró que hubo excesos en los controles de seguridad por un faltante en caja de $100.

La causa 22.740 contra la empresa Millán S.A. (Átomo) por despido comenzó en el año 2011 cuando un ex empleado denunció que "lo obligaron a desnudarse en un baño porque le faltaban 100 pesos de la caja registradora".

En ese contexto, el hombre se sintió injuriado y tras enviar una carta documento a la empresa se consideró despedido por acoso laboral psicológico, trato discriminatorio, violación de sus derechos humanos y perjuicio moral.

Es que según sus abogados defensores, Raúl Oyola y Santiago Rentería, "hubo un manifiesto exceso de abuso en los controles que ejercieron el gerente del supermercado y uno de los empleados de seguridad que estuvo dentro del baño".

Aunque merituó la dificultad de probar si la requisa existió realmente como el empleado sostuvo (quitarse la ropa) así lo entendió también el magistrado, que en el fallo que condena al supermercado a indemnizar al ex empleado señala que "en consecuencia, y a mérito de la prueba escrutada y del análisis efectuado sobre la misma bajo la sana crítica racional, alcancé la certera convictita, moral e intelectual, para juzgar por acreditada la injuria invocada por el actor para sustentar el despido indirecto (arg.arts. 242° y 246° LCT); esto es, habérsele ordenado desnudarse en el baño de hombres de la sucursal, en oportunidad del control personal efectuado el día 14 de julio de 2011 a las 21.30 hs. aproximadamente".

En este escenario, el fallo (de quedar firme) podría crear un precedente. En su sentencia el juez evaluó algunos testimonios para dar por probado el hecho, al menos en esta instancia.

En lo laboral, el juez resolvió convalidar el autodespido por las causas que invoca el ex empleado del supermercado y condena a la empresa a pagar la indemnización correspondiente. También deslindó responsabilidades sobre el gerente y el empleado de seguridad, de quienes dice que "no pueden declarar contra sí mismos" por cuanto el hecho donde se vieron involucrados es de naturaleza estrictamente contractual-laboral, sin que se haya indicado -por parte de la actora- en qué consistiría puntualmente la conducta punible penalmente, que supuestamente los comprometería en grado tal de considerárselos autores de un delito". El fallo seguramente, anticipó Oyola, "será apelado ante la Suprema Corte provincial".

JurisprudenciaAntecedente: si la Suprema Corte de Justicia ratifica el fallo, sería el primer caso en el Sur mendocino en el que se reconoce un abuso en las revisaciones a los empleados.

Seguridad: en el fallo, el magistrado no cuestiona los controles para evitar los robos, pero dice que esa potestad no los habilita a contrariar las premisas legales establecidas al efecto que deben resguardar la integridad física y moral del empleado. 

Fuente: Diario Uno San Rafael