El Juzgado Civil, Comercial y Minas, actual integrante del Cuarto Tribunal de Gestión Asociada, de la Primera Circunscripción Adquisitiva, Expediente Nº 41.480 MORALES, REYNALDO ALBERTO c/ BENOMAN SOCIEDAD ANONIMA p/PRESCRIPCION ADQUISITIVA . En cumplimiento de lo ordenado a fs. 270, le hace saber la sentencia dictada a fs. 261/265 y vta. a los terceros posibles, la que transcripta literalmente dice: "Mendoza, 28 de junio de 2018. Y VISTOS: los presentes autos, llamados para resolver a fs. 253 de lo que RESULTA: I.- Que conforme se resuelve la cuestión planteada corresponde que las costas se impongan a la parte actora vencida (arts. 35 y 36 del C.P.C.). Por lo expuesto RESUELVO: I.- Rechazar la demanda por prescripción adquisitiva interpuesta por el Sr. Reynaldo Alberto Morales contra BENOMAN S.A. respecto del inmueble baldío ubicado frente a calle Dra. Norma Magnelli y calle Dr. René Favaloro s/n 22 sección, Ciudad Capital, Mendoza, matrícula N° 14.833 de folio real, constante de una superficie de cuatro mil ochocientos ochenta y dos con 62 metros cuadrados (4882.62 m2) según título y de cuatro mil ochocientos ochenta y uno con 12 metros cuadrados (4.881,12 m2) según plano de mensura. II.-Imponer las costas a la parte actora vencida. III.- Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad. REGISTRESE. NOTIFÍQUESE.- Fdo. Dra. María Paula CALAFELL-Juez.-
Publica: 30/9/19
