TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA CUARTO. Notifica a los posibles terceros interesados en la reconvención por título supletorio incoada en autos N° 252309: “COLLOVATI PEDRO Y OTROS C/ FUENTES OSSES INES Y OTROS P/ REIVINDICACIÓN”, la siguiente resolución de fojas 412: “Mendoza, 07 de Noviembre de 2019. VISTOS… RESULTA… Y CONSIDERANDO… RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda incoada por los Sres. PEDRO COLLOVATI, VICTORIA COLLOVATI, GRACIELA VIVIANA COLLOVATI y SILVIA ESTER COLLOVATI en contra de los Sres. OLIVER VENEGAS CRUZ, INÉS FUENTES OSSES Y MARÍA INÉS CRUZ FUENTES y en consecuencia condenar a éstos a desocupar y entregar a los actores, libre de cosas y ocupantes el inmueble ubicado en calle Milagros 3501 de Los Corralitos, Guaymallén, Provincia de Mendoza (cuya inscripción se encuentra registrada bajo el folio real matrículas 386449, 386448, 386447), dentro de los treinta días de quedar firme la presente resolución, debiendo dejarlo desocupado y en estado que los reivindicantes pueda entrar en su posesión, bajo apercibimiento de realizar la desocupación y lanzamiento por la fuerza pública. II.- Imponer las costas a los demandados por resultar vencidos (arts. 35 y 36 del CPCCT).- III.- Diferir la regulación de los honorarios profesionales hasta tanto existan elementos que permitan su cálculo.- IV.- Rechazar la reconvención interpuesta por el Sr. Oliver Venegas Cruz contra los Sres. Pedro Collovati Delucca, los herederos del Sr. Lorenzo Collovati Delucca Sres. Graciela Viviana Collovati, Silvia Ester Collovati, Victoria Collovati y Carlos Collovati por las razones expuestas en los fundamentos de esta resolución.- V.- Imponer las costas al demandado reconviniente por resultar vencido (arts. 35 y 36 del CPCCT).- VI.- Diferir la regulación de los honorarios profesionales hasta tanto existan elementos que permitan su cálculo.- REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. Firmado: DRA. MARÍA PAULA CALAFELL. Juez”
Publica: 12/12/19
