Juez del TGJA N°3, Primera Circunscripción Mendoza, en los autos 251.920 caratulados "CARBALLO CORNEJO JORGE C/IDEME JOSE MANUEL P/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA", el Tribunal Proveyó a fs.8:"Mendoza, 23 de mayo 2016. De la demanda por título supletorio instaurada córrase TRASLADO a Ideme José Manuel por el término de DIEZ DIAS con citación y emplazamiento para que comparezcan, respondan, ofrezcan prueba y constituyan domicilio legal (arts.21,74,75,212 y 214 del CPC y 24 ley 14.159). Practíquese información sumaria como se solicita en el punto III de fs.3vta, ofíciese a la Policía de Mendoza y a la Junta Electoral a sus efectos. CITASE asimismo a Fiscalía de Estado, Gobierno de la Provincia y Municipalidad de Capital a los efectos dispuestos por el art.214 del CPC, quienes deberán comparecer a ejercer sus derechos dentro del mismo plazo acordado precedentemente y bajo apercibimiento de ley. Publíquense edictos DIEZ VECES a intervalos regulares durante cuarenta días en el Boletín Oficial y Diario Uno citándose a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble, para que comparezcan a ejercerlos dentro del plazo acordado precedentemente y bajo apercibimiento de ley. Oportunamente, córrase traslado de la demanda al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes. Disponer la anotación de la presente Litis sobre el inmueble objeto de este proceso en el Registro de la Propiedad (Art.1.905 CCyC).A sus efectos OFICIESE en la forma de estilo. NOTIFIQUESE. Fdo.:María Eugenia Guzmán-Juez".
Publica: 7, 12, 15, 21, 26, 29/11 y 4, 9, 12, 17/12/19.