En Mendoza este lunes se celebra el Día del Empleado de Comercio y los negocios, en su mayoría, permanecerán cerrados tras un acuerdo entre el sindicato y las cámaras empresariales. Entre otros cierran los supermercados, los hipermercados, los comercios con empleados y gran parte de los locales de los shoppings.
El Centro Empleados de Comercio de Mendoza (CEC) informaron que está vigente el acuerdo para la celebración anual del empleado de comercio y que se sumaron las cámaras de comercio del sector: Unión Comercial e Industrial de Mendoza (UCIM), Cámara Empresaria, Comercio, Industria, Turismo y Servicios de Mendoza (CECITYS) y la Federación Económica de Mendoza (FEM). Todas estas entidades confirmaron la plena vigencia del acuerdo de la fecha referida a la celebración.
El acuerdo de este festejo establece que el Día del Empleado de Comercio tiene una jornada feriado para el trabajador que no se puede denegar bajo ningún punto de vista, ni siquiera pagándolo doble. Por ende, los comercios cierran. Solamente pueden permanecer abiertos aquellos que sean atendidos por sus propios dueños.
Definido cada 26 de septiembre por la Ley 26.541 desde el año 2020, se acordó que el cuarto lunes del mes septiembre, independientemente de la fecha que de acuerdo al calendario corresponda, se trasladará y celebrará sin actividad comercial el Día del Empleado de Comercio. Este año el día 23 corresponde al cuarto lunes del mes de septiembre.
Los rubros que sí estarán abiertos
En cambio los rubros que sí trabajarán con normalidad porque sus empleados pertenecen a otros gremios son:
- las estaciones de servicio
- las entidades bancarias y financieras
- los comercios gastronómicos, restaurantes y bares
Esos son los comercios que sí estarán abiertos en los shoppings
- Cines
- Farmacias
- Gimnasios
- Patios de comidas
- Cafeterías y restaurantes
- Salones de entretenimientos y juegos.
- Centros médicos
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En Buenos Aires, el Día del empleado de comercio se festejará el lunes 30 de septiembre
En Buenos Aires y otras provincias argentinas se festejará el otro lunes ya que desde la Faecys (Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios) decidieron pasar la fecha al lunes 30 de septiembre.
Con respecto a las remuneraciones por eventual prestación de servicios, se insta a dar cumplimiento a las normas legales vigentes en materia laboral (LCT y concordantes) y los alcances de la Ley 26.541, estableciéndose el lunes en que se conmemorará el Día del Empleado de Comercio no se podrá otorgar franco compensatorio de descanso semanal.





