Además habrá dos opciones para paquetes de datos: la primera tendrá un costo de 200 pesos por mes y permitirá usar 1GB, mientras que la segunda tendrá un valor de 18 pesos por día en forma prepaga y ofrecerá 50 MB diarios.
También está previsto un servicio de telefonía fija por 380 pesos por mes. Incluye 300 minutos de llamadas locales y larga distancia a líneas fijas de todo el país. También serán libres las llamadas a 0800 y números de emergencia libres. Se contemplan además llamadas entrantes sin límite.
La reglamentación del decreto emitido en agosto también contempla el aumento del 5% en todos los servicios a partir del 1 de enero.
Precios Cuidados Internet para hogares
Las empresas prestadoras de servicios de internet domiciliaria con más de 50.000 clientes y no menos de 2.000, deben ofrecer un servicio de 10 Mbps en Buenos Aires a un costo de 700 pesos y de 5Mbps en el resto de Argentina por el mismo precio. Pero si el beneficiario elige el plan más lento, podrá acceder a un descuento del 30%.
Los prestadores con menos de 2.000 clientes deberán ofrecer una alternativa de 2Mbps por 600 pesos.
Precios Cuidados televisión paga
La prestación básica de los sistemas pagos de televisión consisten en un descuento sobre el precio del plan de menor valor que tenía el operador al 31 de julio pasado y/o aumentos posteriores que se hubieran autorizado. Si el prestador del servicio de TV paga tiene más de 500.000 abonados, el descuento será del 30%; si tiene entre 100.000 y 500.000, del 25% y si tiene entre 30.000 y 100.000, el descuento debe ser del 20%.
Quiénes y cómo pueden acceder a internet por $150
-Jubilados y pensionados con ingresos inferiores o iguales a dos salarios mínimos. También están contemplados sus hijos de entre 16 y 18 años.
-Trabajadores en relación de dependencia con ingresos menores o igual a dos salarios mínimos. También están contemplados sus hijos de entre 16 y 18 años.
-También pueden acceder los beneficiarios de la AUH (Asignación Universal por Hijo), los de la AUE (Asignación Universal por Embarazo), seguro de desempleo y demás programas sociales. También están contemplados sus hijos de entre 16 y 18 años.
-Los beneficiarios de pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos. También están contemplados sus hijos de entre 16 y 18 años.
-Los beneficiarios del Monotributo Social. También están contemplados sus hijos de entre 16 y 18 años.
-Se contempla a los trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles. También están contemplados sus hijos de entre 16 y 18 años.
-Empleadas domésticas en blanco (Ley N° 26.844) así como sus hijos de entre 16 y 18 años.
-Beneficiarios de una beca del Programa Progresar.
-Desocupadas o trabajadores que se desempeñen en la economía informal. También están contemplados sus hijos de entre 16 y 18 años.
-Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, así como sus hijos de entre 16 y 18 años.
-Clubes de Barrio y de Pueblo registrados en el marco de la Ley 27.098.
-Asociaciones de Bomberos Voluntarios enmarcadas en la Ley 25.054 como entes de primer grado.
-Entidades de Bien Público enmarcadas en la Ley 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta. También las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan (deben estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC)).