La Administración Tributaria Mendoza (ATM) volvió a ajustar los intereses para el cobro de impuestos vencidos y multas por vía judicial a los contribuyentes locales. Los nuevos porcentajes rigen desde este 16 de septiembre y hasta nuevo aviso.
La Administración Tributaria Mendoza (ATM) volvió a ajustar los intereses para el cobro de impuestos vencidos y multas por vía judicial a los contribuyentes locales. Los nuevos porcentajes rigen desde este 16 de septiembre y hasta nuevo aviso.
No es la primera vez que ATM toma una determinación de éste tipo. De hecho, es el tercer ajuste en el transcurso del 2024: ya había actualizado intereses resarcitorios y punitorios en junio y, más recientemente, el 15 de agosto.
"El pago de las obligaciones fiscales deberá efectuarse en los plazos que se fijen por este Código, Leyes Especiales, Decreto del Poder Ejecutivo o Resolución General de la Administración Tributaria Mendoza, pudiéndose exigir pagos a cuenta del tributo. Cuando no exista plazo establecido, el débito tributario deberá abonarse dentro de los quince (15) días de quedar firme la determinación", reza el artículo 44 del Código Fiscal 2024, en el que se ratifica que que la mora en el pago se produce por el sólo vencimiento del plazo.
La resolución 61/24 de ATM, firmada por su titular Alejandro Donati, sustituye los índices correspondientes al ejercicio 2024 que regían desde agosto, tanto de intereses resarcitorios como punitorios. Y los divide entre la primera y segunda quincena de cada mes.
En cuanto a intereses resarcitorios, los nuevos valores quedaron así:
Del 1 al 15.....................................del 16 al último día del mes
SEpTIEMBRE: 10,7236% ......................................10,7518%
OCTUBRE: 10,7800%.......................................10,8082%
NOVIEMBRE: 10,8364%.......................................10,8646%
DICIEMBRE: 10,8928%.......................................10,9210%
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Al mismo tiempo, ATM también modificó las tasas de intereses punitorios, en base a la resolución 51 del 2023. Los punitorios son aquellos devengados desde el momento en que el organismo fiscal hace una demanda judicial o procede al cobro por vía de apremio.
De ese modo, los valores ajustados quedaron así para los próximos meses:
Del 01 al 15......................................del 16 hasta fin de mes
SEpTIEMBRE 3,2230%...........................................3,2794%
OCTUBRE 3,3358%...........................................3,3922%
NOVIEMBRE 3,4486%...........................................3,5050%
DICIEMBRE 3,5614%...........................................3,6178%