La nueva ley de Movilidad Jubilatoria establece un ajuste trimestral de las prestaciones, a través del decreto 104 publicado hoy en el Boletín Oficial.
Las jubilaciones se ajustarán los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, en base a una fórmula que se aplicará en un 50% en base a los recursos con destino a la ANSES y en un 50% a la evolución de los salarios de los trabajadores estables.
El Indec adelantó el informe sobre el Índice de Salarios este mes (estaba previsto para el 26) e informó que en diciembre fue del 1,8%.
A partir del 1 de marzo de 2021, el monto del haber mensual de la Prestación Básica Universal (PBU) será el que resulte de aplicar a la suma de $8.707,78 el incremento por movilidad correspondiente a dicho mes.
Con esos números, el cálculo daría que el aumento a jubilados sería del 8,1% aproximadamente.
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ANSES: en cuánto queda la jubilación mínima con el aumento a jubilados
De esta manera, la jubilación mínima pasaría de de $19.035 a $20.577 y el haber máximo se elevaría de $133.242 a $144.034.
Si el aumento fuera del 8,1%, la AUH pasaría de $3.716,84 a $4.018. También la AUE y la SUAF (Asignación Familiar por Hijo.