Boletín Oficial

Se oficializó la reforma a la Zona Fría que le quita el subsidio al gas a casi toda Mendoza

Nación promulgó la norma que limita los beneficios tarifarios del gas según ingresos. Malargüe mantendrá un esquema diferencial dentro de la Zona Fría

Editado por Luciano Bertolotti
bertolotti.luciano@diariouno.com.ar

El Poder Ejecutivo Nacional promulgó la Ley 27.828 que modifica el esquema de la Zona Fría, restringiendo la bonificación automática en las tarifas de gas residencial. La medida afecta a amplios sectores del país y de Mendoza, obligando a los usuarios no patagónicos a cumplir con estrictos criterios socioeconómicos para mantener los beneficios en la factura.

Los alcances de la Zona Fría y la situación en Mendoza

El Decreto 1161/2026 oficializó la Ley 27.828 de reestructuración del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas. De acuerdo con el texto normativo, las compensaciones tarifarias completas se mantendrán vigentes de forma directa para los usuarios de la Patagonia, la Puna y el departamento de Malargüe. Esta excepción abarca tanto al suministro por redes de gas natural como a la venta de gas licuado de petróleo (GLP) a granel, garrafas y cilindros en dichas jurisdicciones.

En cambio, para los municipios mendocinos incorporados al régimen en la ampliación aprobada durante 2021, el descuento tarifario dejará de aplicarse de manera automática a más de 400.000 hogares que contaban con un descuento del 30% o 50%.

A partir de la reglamentación, los hogares de estas subzonas deberán estar inscriptos y categorizados dentro del Régimen de Subsidios Focalizados para conservar la bonificación sobre los consumos base.

Nuevos requisitos. Los usuarios no patagónicos deben cumplir criterios socioeconómicos para mantener el beneficio tarifario.

Financiamiento del régimen de Zona Fría y vigencia

El nuevo esquema de compensaciones continuará financiándose mediante un recargo sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte. La alícuota fijada alcanzará hasta un 7,5% y será percibida por las empresas productoras mediante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Del recargo quedan exentas las exportaciones del hidrocarburo.

Asimismo, la Ley 27.828 extendió la vigencia de este sistema de bonificaciones hasta el 31 de diciembre de 2031. Por otra parte, la norma introdujo disposiciones destinadas a regularizar deudas entre distribuidoras eléctricas y CAMMESA, así como la prórroga de incentivos para proyectos de energías renovables hasta el año 2045.

La normativa fija que el acceso al subsidio estatal estará condicionado al cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:

  • Demostrar ingresos netos del grupo familiar inferiores a 3 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2 según las mediciones del INDEC.
  • Contar con un integrante inscrito en el Registro Nacional de Barrios Populares con Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP).
  • Registrar en el hogar a un titular de la Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra de Malvinas.
  • Poseer un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD), sujeto a la evaluación de necesidad económica por parte de la Secretaría de Energía.

En pocas palabras

  • Gobierno promulgó Ley 27.828: restringe subsidios de gas residencial, exceptuando Patagonia, Puna y Malargüe.
  • Nuevos requisitos: los usuarios no patagónicos deben cumplir criterios socioeconómicos para mantener el beneficio tarifario.
  • Vigencia y financiación: el sistema de Zona Fría se extiende hasta 2031 y se financia con un recargo sobre el gas natural.
Resumen generado por Thinkindot AI

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