La tarjeta médica que acompaña la licencia

Por UNO

“Quienes posean junto con su licencia de conducir una tarjeta médica que acredite que padecen alguna enfermedad deben procurar que no esté vencida, si no están incurriendo en una infracción”. La frase pertenece a Erwin Cersósimo, director de Seguridad Vial de Mendoza. La aclaración se vincula con los accidentes que protagonizó la noche del domingo el ex concejal de Capital Alberto Montbrun, quien embistió por detrás en el término de quince minutos, primero a una moto y luego a dos autos, producto de un supuesto pico de hiplogucemia.

Según confirmó el funcionario, al momento de obtener por primera vez o de renovar la licencia de conducir en menores de 65 años y en categorías particulares, el requiriente firma un formulario con carácter de declaración jurada en el que se le consulta si padece alguna enfermedad crónica y si, en consecuencia, toma alguna medicación o utiliza algún aparato o dispositivo, como anteojos o audífono.

Con esa información en la mano, será el médico de Licencias de Conducir quien determine si la persona debe portar, además del carnet, una tarjeta médica y qué plazo tendrá de vigencia (entre 6 meses y un año). La renovación es un trámite que es absolutamente gratuito y sin turno.

Estudios médicosDistinto es el caso de los conductores profesionales y de las personas mayores de 65 años. Tanto en el primer caso, en la visación anual obligatoria, como en el segundo, cuando se pretende renovar el carnet, deben presentar un electrocardiograma, un hemograma completo y análisis que reflejen su estado de uremia y glucemia, pero en el caso de los mayores además deben llevar un certificado médico en el que figure el diagnóstico de sus patologías, la medicación indicada y una opinión sobre su estado general y su capacidad, firmado y sellado por un médico.