Por Paola Alé
Con 25 votos afirmativos y 16 negativos, todos del PJ, se convirtió en ley la norma impulsada por el diputado Luis Petri para endurecer los beneficios carcelarios. Hubo una abstención de Daniel Cassia y seis ausentes.
Finalmente, Diputados aprobó la ley que restringe las salidas transitorias
Después de idas y vueltas y mucha polémica, este miércoles se convirtió en ley el proyecto que restringe las salidas transitorias de los presos, obra del diputado radical Luis Petri. El proyecto cayó mal el en PJ desde que se presentó, en abril. Esto porque su espíritu -según afirman los oficialistas- va en contra de la política de derechos humanos kirchnerista.
Por eso, y mientras el gobernador Francisco Pérez se comprometió a no vetarla, los peronistas del ámbito legislativo ya están diciendo que será declarada inconstitucional. La ley fue aprobada por 25 votos a favor de radicales y demócratas, 16 en contra de justicialistas y unibloques afines, 1 abstención -del peronista federal Daniel Cassia-. Mientras, hubo 6 legisladores ausentes.
Lo cierto es que a partir de la promulgación de la ley en el boletín oficial, no podrá otorgarse los beneficios de las salidas transitorias a los condenados por homicidios dolosos, violación, robo agravado, homicidio en ocasión de robo, homicidio agravado por el vínculo, tortura seguida de muerte, robos; secuestros extorsivos, prostitución infantil y trata personas, entre otras acciones delictivas.
Los condenados tampoco podrán obtener los beneficios de prisión discontinua, semidetención, ni libertad asistida.
"No nos quedamos en las críticas, sino que estamos haciendo aportes" dijo el radical autor de la ley. Al mismo tiempo, el presidente del bloque PJ en Diputados, Gustavo Arenas, afirmó que si bien se aprobó, la ley va a ser declarada inconstitucional.
A quiénes alcanzaEstos son los delitos cuyos autores no podrán pedir el beneficio de salidas transitorias, semilibertad, o libertad asistida:
homicidios dolosos, violación,
robo agravado, homicidio en ocasión de robo, homicidio agravado por el vínculo, tortura seguida de muerte, robos; secuestros extorsivos, prostitución infantil y trata personas,Estos condenados tampoco podrán obtener los beneficios de prisión discontinua, semidetención, ni libertad asistida.