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Máximo Criolles quiso ser testigo de casamiento de una pareja amiga, pero no se lo permitieron. En Mendoza hay dos precedentes de excepciones emitidas durante el Gobierno de Celso Jaque, pero para que se aplique a todos aseguran que hay que modificar el C

El Registro Civil local le negó a un ciego ser testigo y se volvió a desatar la polémica

Máximo Crialles es ciego y junto a su esposa querían ser testigos de casamiento de una parejaamiga, pero al acercarse al Registro Civil de Luján los funcionarios le impidieron anotarse por su

condición de no vidente. Crialles estaba al tanto de dos antecedentes que hubo en la provincia enlos que sí se permitió el trámite, por lo que creyó que su caso también seria posible.
En diálogo con Radio Nihuil, Crialles contó que "quise ser testigo junto con mi mujer de unapareja, pero me lo negaron rotundamente porque era no vidente. Teniendo leyes que me amparen, ellosse negaron". Agregó, además, que él "estaba asesorado y me había empapado de la situación, por los casosanteriores que hubo, pero una vez que llegué se me negó la posibilidad de ser testigo. Es feo,porque es una discriminación, una muy mala experiencia". El problema surge porque el artículo 990 del Código Civil, de 1870, establece quienes nopuede ser testigos y, entre otros, se incluye a "los menores de edad no emancipados, los dementes,los ciegos, los que no tengan domicilio o residencia en el lugar, las mujeres y los que no sabenfirmar su nombre". En Mendoza existen dos casos en los que se permitió que una persona no vidente fuera testigo,primero en diciembre de 2007 cuando el ministro de Gobierno en ese entonces, Juan Marchena, emitióuna resolución que habilitó a Nadia Croce a ser testigo de una unión civil y el segundo a finesde 2008 cuando se le permitió lo mismo a Raúl Hernández. El caso acaparó la atención de los medios y hasta el gobernador, Celso Jaque, tomó partido ydijo que se encargaría de que la situación no se volviera a repetir. Pero dos años después, lascosas siguen igual. Olga Videla, titular del Registro Civil en Mendoza, explicó que "los casos anteriores sehicieron por vía excepcional y acá lo que hay que hacer es modificar ese artículo - el 990 - paraque quede como regla para todos los ciudadanos no videntes". Videla se escudó en que lamodificación no la pueden llevar adelante los funcionaros locales sino que se tiene que hacer uncambio en el Código Civil de la República Argentina.

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