La medida apunta a que se cumpla con el contenido de vino que establece la ley para lograr la definición de los productos, como en el caso del vermouth. Una garantía para el sector vitivinícola.

Ahora el Instituto de Vitivinicultura también controlará otras bebidas con origen vínico

Por UNO

El vermouth, la grapa, el coñac y el pisco –sumado a otras bebidas artificiales– desde hace un mes son controladas como bebidas vínicas por el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV).

Uno de los beneficios más importantes de esta nueva medida es que se respetan los volúmenes de vino que se necesitan para cumplir con la definición de un producto. El caso de los vermouths, éstos deben contar con un 75% de vino en el producto final.

Esta resolución está respaldada por el artículo 17 de la ley Nº14.878, donde quedó asentado que se fiscalizarán no sólo los componentes, sino también la composición de esas bebidas que contienen un determinado porcentaje de vino o son derivadas de él.

Antes, esta operación estaba en manos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), pero a partir de un largo reclamo del sector vitivinícola de nuestra provincia y San Juan, con respecto a la obligación de cumplir con la composición vínica del vermouth, fue que la Fiscalía de Administraciones de la Nación resolvió que la competencia de análisis sobre estas bebidas vínicas pasara a ser supervisada por el INV.

Calidad y garantía

De esta manera, además del vermouth, la grapa, el aguardiente de vino, pisco o brandy y las bebidas artificiales deben cumplir con lo que establece Ley General de Vinos.

Por un lado, esto es un avance porque les brinda tranquilidad a los consumidores sobre la calidad y la garantía de los productos .

Y por otro, para el sector productivo, ya que se estima que son cinco las empresas que elaboran vermouths en el país y necesitan unos diez millones de litros de vino para cumplir con la definición del producto, explicó Guillermo García, presidente del INV.

Al mismo tiempo aclaró que nunca existieron riesgos para la salud del público que consume estas bebidas ya que, antes, sus componentes estaban controlados por el INV y el producto final, por el INAL.

Por otra parte, con esta nueva metodología se evitarán posibles fraudes de que no se cumpla con la proporción de vino que debe contener esta clase de bebidas.

Lo que establece la ley

En el artículo 17 de la Ley de Vinos se considera vino compuesto (vermouth, quinado o tónico) el elaborado con base mínima del 75% de vino alcoholizado o no con el agregado de sustancias aromáticas, amargas o estimulantes, que se puede edulcorar con sacarosa, mosto concentrado o mistela, y colorearse con caramelo.

Antecedentes

El INAL realizaba el control analítico de este producto en 1965.

Luego, en 1969, la ley Nº18.284 le otorga la jurisdicción al INAL e incorpora el vermouth al Registro de Productos Alimenticios.

Y, después de mucho tiempo, la Fiscalía de Investigaciones Administrativas de la Nación, por último, estableció que le corresponde al INV la competencia sobre el control del producto.