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Seguridad Social de España modificó los requisitos para poder recuperar hasta cinco años de cotización de sus prácticas formativas.
Seguridad social: ¿quiénes pueden recuperar años de cotización?
La nueva normativa de Seguridad Social está destinada a quienes realizaron prácticas académicas sin cotización previa a 2024 - en el caso de prácticas no remuneradas - o antes del 1 de noviembre de 2011 en otros casos.
Las prácticas que se pueden recuperar son:
- Prácticas de estudiantes universitarios para obtener títulos oficiales (grado, máster o doctorado) o títulos propios de la universidad.
- Prácticas de estudiantes de formación profesional, siempre que no sean en régimen intensivo y no tengan carácter laboral.
- Prácticas de alumnos en enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas.
- Participación en programas de formación de carácter investigativo, tanto en España como en el extranjero.
No podrán suscribir este convenio especial quienes ya perciban pensiones de jubilación o incapacidad permanente, salvo excepciones especificadas en la normativa.
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Según la resolución que informó Seguridad Social, se aprueba el rescate total de hasta 5 años.
¿Cuántos años de cotización se pueden recuperar?
Según la resolución que informó Seguridad Social, se aprueba el rescate total de hasta 5 años, lo que equivale a un máximo de 1.825 días de cotización. Aquellos que ya hayan recuperado dos años bajo la normativa de 2011 también podrán beneficiarse de este nuevo convenio.
Asimismo, los becarios que participaron en programas de formación sin obtener un título y los doctorandos en programas de investigación, tanto en España como en el extranjero, podrán solicitar este convenio especial hasta un máximo de 1.825 días.
Los interesados podrán solicitar la suscripción del convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) hasta el 31 de diciembre de 2028, antes del pago de la cotización correspondiente.
Seguridad Social anunció cuánto se debe pagar para recuperar estas cotizaciones
La base de cotización se calculará con la referencia del año en el que se realizaron las prácticas, y no con la de 2024. Se retoma la fórmula de cálculo de la cuota pactada en 2011, usando la base mínima del grupo 7 del Régimen General vigente en el momento de las prácticas, que oscilará entre 40 y 140 euros al mes, dependiendo del periodo (1980-2006).
Una vez determinado el total por la Tesorería General de la Seguridad Social, este importe se reducirá en un 23%, resultando en la cantidad a ingresar.
El pago de la cotización se puede realizar de una sola vez (dentro del mes siguiente a la firma del convenio) o fraccionarse en hasta el doble del periodo que se desea recuperar, con un máximo de 84 mensualidades (7 años). Todos los pagos deben hacerse mediante domiciliación bancaria.
La solicitud se puede realizar a través de los canales indicados en la sección “Trámites y Gestiones” de la página web de la Seguridad Social. El plazo para la resolución y notificación es de seis meses, y el silencio administrativo se interpretará como una aprobación.
Fuente: La revista de la Seguridad Social