Argetinos varados

Migraciones defendió ante la Justicia el cupo de ingreso al país

Los defensores de argentinos varados en el exterior pidieron mediante hábeas corpus que el límite sea declarado inconstitucional. Cruce de planteos y tecnicismos

Por UNO

(Editado por Luciano Bertolotti) El gobierno nacional, a través de los abogados de Migraciones defendió en la Justicia el cupo para que ingresen 600 personas por día a la Argentina, una de las restricciones para prevenir el ingreso al país de la variante delta del coronavirus.

Fue la Sala Séptima del tribunal adoptó la decisión de convocar a una audiencia para tratar el tema de si autoriza a un grupo de varados en el exterior a regresar a la Argentina. El juez de instrucción Martín Carlos del Viso se hizo cargo de la causa.

Los defensores de argentinos varados en el exterior pidieron mediante hábeas corpus que el límite sea declarado inconstitucional, mientras que los abogados de Migraciones señalaron que el hábeas corpus no es la vía jurídica adecuada para este tipo de planteos, que la medida es acorde a la crisis sanitaria que vive el país y que los argentinos que están varados firmaron al salir del país una declaración jurada en la que se aceptaban cualquier cambio que pueda implementar el gobierno nacional sobre las fronteras.

Según señaló Infobae, el fiscal Eduardo Rocchi también pidió rechazar los habeas por considerar que no son el instrumento adecuados.

Ya se presentaron cuatro hábeas corpus pidiendo la inconstitucionalidad porque limita posibilidad de ingreso al país y tres de ellos señalaron que tenían problemas de salud. Uno de los habeas corpus fue presentado por los diputados Waldo Wolff, Luis Petri, Fernando Iglesias, Jorge Enríquez, Álvaro de Lamadrid, Cristian Ritondo y Pablo Torello. Mientras que diputados por Mendoza de Juntos por el Cambio al reclamo judicial le sumaron un pedido de informe a Santiago Cafiero sobre la decisión de restringir el ingreso a personas que lleguen en avión a Argentina.

La Sala Séptima habías considerado que “Frente a la existencia de diversos planteos, formulados a favor de diferentes personas” que no pueden regresar al país porque las nuevas medidas restrictivas los encontraron en el exterior. “El Tribunal entiende que en el caso resulta pertinente celebrar la audiencia prescripta” en la ley de habeas corpus “con la debida intervención del Estado Nacional -Jefatura de Gabinete de Ministros”.

En esa audiencia, sostiene la resolución firmada por los jueces Mauro Divito y Juan Cicciaro, “habrán de ventilarse, además, las distintas situaciones particulares de los beneficiarios, lo que no ha sido objeto de puntual análisis en el auto examinado, pese a que algunos de éstos han invocado razones de urgencia vinculadas con su estado de salud”.

En su fallo, el juez Del Viso reconoció que en los casos que se presentaron pueden estar afectados otros derechos, y no solo el de la movilidad, como la salud o el trabajo, pero que para esos supuestos no pueden ser tratados en un hábeas corpus, sino que deben tramitarse en un amparo. Ahora deberá dictar una nueva resolución.

Fuentes: Infobae y NA