El Tribunal Oral N°2 que lleva adelante el debate donde se investiga la desaparición de cuatro
personas en San Rafael durante la dictadura rechazó en forma terminante la
nulidad del juicio solicitada por los defensores de los imputados.
El pedido de anular lo actuado hasta ahora en lo que es el primer juicio provincial donde se
investigan hechos ocurridos en la dictadura fue hecho por las defensas el martes, fundándolo en la
actuación del juez de Instrucción de la causa, Héctor Acosta, como juez de Faltas en la época de
los hechos investigados.
Los defensores se apoyaron en presunciones y testimonios tales como que desde el despacho
donde estaba Acosta en aquella época podía observarse que había detenidos, entendiendo que el
magistrado debió apartarse de la investigación y viendo lesionado el legítimo derecho de defensa.
Los jueces Roberto Burad, Héctor Cortés y Roberto Nacif rechazaron entonces el pedido y
continuarán con el debate.
"El tribunal no ignora que la garantía de imparcialidad de los jueces está receptada en el
artículo 75 de la Constitución inciso 22 y que la violación de la misma es causal de nulidad
absoluta. Si bien Acosta fue juez de Faltas desde el 1 de agosto de 1976 este es el único
conocimiento cierto, no existe ninguna prueba conocida que permita aseverar que dicho magistrado
haya tenido conocimiento cierto de los hechos puntuales que constituyen el objeto de esta causa o
el nombre de las personas detenidas, como tampoco las torturas que muchas personas habrían sufrido",
señaló el tribunal en su resolución.
La misma agregó que "no resulta suficiente para abonar la teoría de parcialidad el hecho de
que magistrados pudieran advertir desde sus lugares de trabajo algunos detenidos".