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La defensa objetaba que el juez Héctor Acosta actuara en la causa que investiga la desaparición de cuatro personas en San Rafael durante la última dictadura.

Rechazaron el pedido de nulidad del juicio por delitos de lesa humanidad que se realiza en el Sur

El Tribunal Oral N°2 que lleva adelante el debate donde se investiga la desaparición de cuatro

personas en San Rafael durante la dictadura rechazó en forma terminante la

nulidad del juicio solicitada por los defensores de los imputados.

El pedido de anular lo actuado hasta ahora en lo que es el primer juicio provincial donde se

investigan hechos ocurridos en la dictadura fue hecho por las defensas el martes, fundándolo en la

actuación del juez de Instrucción de la causa, Héctor Acosta, como juez de Faltas en la época de

los hechos investigados.

Los defensores se apoyaron en presunciones y testimonios tales como que desde el despacho

donde estaba Acosta en aquella época podía observarse que había detenidos, entendiendo que el

magistrado debió apartarse de la investigación y viendo lesionado el legítimo derecho de defensa.

Los jueces Roberto Burad, Héctor Cortés y Roberto Nacif rechazaron entonces el pedido y

continuarán con el debate.

"El tribunal no ignora que la garantía de imparcialidad de los jueces está receptada en el

artículo 75 de la Constitución inciso 22 y que la violación de la misma es causal de nulidad

absoluta. Si bien Acosta fue juez de Faltas desde el 1 de agosto de 1976 este es el único

conocimiento cierto, no existe ninguna prueba conocida que permita aseverar que dicho magistrado

haya tenido conocimiento cierto de los hechos puntuales que constituyen el objeto de esta causa o

el nombre de las personas detenidas, como tampoco las torturas que muchas personas habrían sufrido",

señaló el tribunal en su resolución.

La misma agregó que "no resulta suficiente para abonar la teoría de parcialidad el hecho de

que magistrados pudieran advertir desde sus lugares de trabajo algunos detenidos".

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