Cuando se apruebe la Ley Impositiva del año que viene, la unidad fija con la que tasan las sanciones subirá de $6,9 a $8. Así, el aumento será del 16% respecto al 2016. Cruzar en rojo, una falta gravísima, trepará de $6.900 a $8.000

Las multas viales costarán de $800 a $12.000 en 2017

Por UNO

Si la Legislatura sanciona la Ley Impositiva 2017, las multas viales aumentarán 16% con relación a este año. De ese modo, pasar un semáforo en rojo costará $8.000, hablar por celular a bordo del vehículo $5.600 y estacionar en un lugar prohibido $800. El incremento obedece a que las multas se calculan en unidades fijas, que pasarán de $6,9 a $8 cada una. Por lo tanto, si una falta de tránsito que se considera gravísima cuesta 1.000 unidades fijas, su equivalente en dinero serán $8.000. Ese caso vale para los conductores que no frenen en un disco PARE, no posean licencia de conducir, no cuenten con seguro ni comprobante de pago o tengan la cédula verde vencida. Del mismo modo, las infracciones graves, que tienen una sanción de 700 unidades fijas, treparán a $5.600. Las faltas que engloba esta categoría son: negarse a la identificación, no cumplir con los elementos mínimos de seguridad (ir sin luces, sin cinturón), circular sin casco, obstruir la circulación o no acatar la autoridad de aplicación. Las leves, por su parte, se penan con 100 unidades fijas, que se traducirán a partir del año que viene en $800. En ese caso, las infracciones son: estacionar en parada pública, en lugares reservados, en doble fila o en el lado izquierdo. Si la multa se paga dentro de los cinco días de confeccionada el acta de infracción, se hace un descuento del 30%. Este año los valores de las multas son los siguientes: leves $690, graves $4.830 y gravísimas $6.900.Las infracciones que se llaman concurso, a su vez, son aquellas en las que el conductor comete más de una falta. En ese caso, las unidades fijas con las que se sancionan son 1.500, o sea $10.350 hoy y $12.000 el año próximo. El proyecto de la Ley Impositiva 2017 fija en $8 "el monto de la unidad fija (U.F.) para la determinación de las multas de tránsito de acuerdo a lo establecido en el artículo 93° de la Ley de Tránsito N°6.082". Precisamente ese articulado establece que la unidad fija es "equivalente al precio medio de venta al público de un litro de nafta especial".