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Presentará un proyecto para modificar el Código de Ejecución de la Pena para impedir salidas transitorias y libertad condicional a condenados y reincidentes. Quiere que cumplan la sentencia.

La UCR trata de endurecer las salidas transitorias de presos violentos

Gonzalo Poncegponce@diariouno.net.ar

La Unión Cívica Radical (UCR) presentará mañana en la Legislatura provincial proyecto de nuevo Código de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad para Mendoza.

En términos más sencillos se trata de una nueva ley que, de aprobarse, impedirá el acceso de los condenados por delitos violentos a los períodos de prueba (salidas transitorias) y a la libertad condicional, previstos en la ley nacional 24.660 de modo tal que cumplan su condena tras las rejas.

“Si esta ley hubiera existido antes del asalto al camión blindado en Godoy Cruz, ocurrido el 9 de marzo, Omar Tanga Gómez (acusado por el asesinato de Matías Quiroga) nunca habría accedido a las salidas transitorias y quizás hoy no estaríamos lamentando la muerte del joven”, lanzó el diputado Luis Petri (UCR) autor de la propuesta.

Los delitos por los que no podrán otorgarse los beneficios del período de prueba son homicidios agravados, previstos en el artículo 80 del Código Penal, con excepción del inciso 7 (cuando se produce entre familiares); los delitos contra la integridad sexual, robo agravado, homicidio en ocasión de robo y tortura seguida de muerte.

“Los condenados por cualquiera de estos hechos tampoco podrán obtener los beneficios de la prisión discontinua o semidetención ni el de la libertad asistida previstos en el proyecto”, aclaró Petri.

“Estos beneficios tampoco se concederán a los reincidentes ni a todos aquellos a los que prima facie no proceda el otorgamiento de la libertad condicional. Además, el juez de ejecución deberá denegar los beneficios comprendidos en el período de prueba, por resolución fundada, cuando el egreso pueda constituir un grave riesgo para el condenado o para la sociedad. Tampoco será procedente el indulto o la conmutación de penas previstas en el artículo 128 de la Constitución Provincial”, añadió el diputado.

Luego explicó: “Llegó el momento, de acuerdo con la crisis de seguridad que vivimos en nuestra provincia, de tener la potestad sobre este tema, teniendo en cuenta la gran cantidad de fugas de delincuentes violentos de los penales de Mendoza que aprovechan el régimen de semilibertad o salidas transitorias para escaparse y reincidir, cometiendo delitos y hasta crímenes sumamente violentos que conmocionan a toda la sociedad”.

Con respecto a la libertad condicional el proyecto de la UCR precisa el alcance y contenido de los informes requeridos a la autoridad penitenciaria poniendo bajo responsabilidad del Consejo Correccional y del Organismo Técnico Criminológico la elaboración de dichos informes.

Además, se prevé que si el condenado cometió otro delito durante el cumplimiento de su condena (dentro de la cárcel o en una salida transitoria) el informe de reinserción para la libertad condicional será necesariamente desfavorable.

Lo mismo se daría en el caso de no haber alcanzado en conducta y concepto la calificación mínima de “buena” durante la obtención de la libertad condicional.

El régimen actual contempla una calificación trimestral de la conducta. En cambio, la propuesta de los radicales establece expresamente que para gozar de conducta ejemplar el interno deberá poseer 10 de calificación en conducta, donde la comisión de una falta leve le restará un punto, una falta media le restará entre dos y tres puntos, y las graves entre cuatro y cinco puntos.

“Esto reviste especial trascendencia, ya que el proyecto establece que la conducta desarrollada por el interno que pide los beneficios previstos para el período de prueba sea ejemplar, durante el último año. Además debe merituarse la conducta y el concepto durante todo el período de condena, revistiendo la calificación como mínimo de buena, durante al menos las dos terceras partes de la condena cumplida al momento de peticionar la obtención de los beneficios”, aclaró el diputado Petri.

Las provincias pueden decidirloEn 1996 se aprobó la ley nacional 24.660 que rige la ejecución de la pena privativa de la libertad. En su artículo 228 se estableció que las provincias podían adecuar su legislación en el plazo de un año.

Mendoza adhirió con la ley 6.513. “En esta misma norma se señala que la pena privativa de la libertad es una atribución de las provincias no delegada al Congreso nacional. Además hay otro antecedente con la plena vigencia de la ley 12.256 en Buenos Aires que da cuenta de que nuestra Provincia puede y debe legislar en este aspecto”, señaló el diputado radical Luis Petri.

El diputado explicó, además, que la UCR le pedirá al gobernador Francisco Pérez que se le dé a la propuesta del nuevo código un tratamiento urgente, dado que las sesiones ordinarias se inician el 1 de mayo.

También dijo que en la propuesta se ha contemplado la disposición total de fondos para la creación de más cárceles, puesto que la población penitenciaria crecería notablemente si se aprobara el código elaborado por la UCR mediante el cual no habría salidas transitorias para los presos condenados por delitos violentos.

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