Los alumnos secundarios deberán asistir al 80% de este período para poder rendir en diciembre o febrero.

La Dirección de Escuelas confirmó que las clases de apoyo serán obligatorias

Por UNO

Gonzalo Ponce[email protected]

La Dirección General de Escuelas (DGE) confirmó que serán obligatorias las clases de apoyo en los períodos complementarios de diciembre y las mesas de febrero del nivel secundario.

Si los alumnos no cumplen con el 80% de asistencia, profesores y directivos en conjunto decidirán si el chico puede rendir.

La decisión figura en la resolución 0682 de la DGE y apunta a terminar con una situación que se repite desde hace años: la de los docentes que asisten una o dos semanas antes de la mesas para evacuar dudas y consultas de los alumnos, y se encuentran con escasa o nula asistencia.

Diario UNO ha dado cuenta de esta situación innumerables veces (ver facsímil). Los alumnos no se presentan a esta instancia o se presentan con muy poco estudio a cuestas, con la vista puesta sólo en rendir, etapa en la que generalmente fracasan.

El ausentismo en las mesas de diciembre suele ser muy alto (algunos dicen que por encima del 50%), y en febrero alcanza por lo menos el 20%.

Docentes y directivos que año a año experimentan esta situación critican no sólo el escaso interés de aprovechar esta oportunidad por parte de los chicos, sino también lo poco alentador que resulta ir a la escuela a sentarse frente a un curso vacío hasta que toque el timbre de salida.

La gestiones de Iris Lima y Carlos López Puelles amagaron en varias oportunidades con hacer obligatorio este período, pero nunca lo formalizaron, por lo que en diciembre de 2011 y febrero de 2012, ya con María Inés Abrile de Vollmer como titular de la DGE, se repitió el desértico panorama escolar.

Vollmer tomó nota de la situación y deslizó la posibilidad de hacer este período obligatorio durante marzo. En abril lo anunció y quedó formalizado en la resolución 0682, que se analizó en detalle en las jornadas realizadas ayer en las escuelas mendocinas.

En el artículo 36 de la resolución se establece que los alumnos que obtengan una calificación final inferior a 7 (siete) en cualquier espacio curricular deberán ser evaluados en el período complementario de diciembre (del 17 al 21).

El artículo 37 dice claramente: “El alumno, para ser calificado en la instancia complementaria, deberá registrar como mínima una asistencia del 80% a las clases de apoyo. En caso de superar el porcentaje de inasistencias, el docente junto con el equipo directivo, analizarán las razones de inasistencia y el desempeño integral del alumno para determinar si se otorga o no la posibilidad de continuar en dicha instancia, dejando constancia por escrito de la decisión tomada”.

En el artículo 39 se establece: “Los alumnos que deban rendir en las instancias de evaluación de febrero asistirán al apoyo escolar que ofrezca la escuela, organizado con idénticas características que las dispuestas en los artículos anteriores”.

Aún no se ha determinado cuál será la fecha para las clases de apoyo de febrero por pertenecer al calendario 2013.