Ese cuerpo rechazó un recurso de queja de la Comisión Nacional de Energía Atómica y dio lugar al amparo impulsado por dos vecinos con la Multisectorial del Sur. El ente está obligado a remediar la mina de uranio antes de reactivar la explotación.

La Corte de la Nación falló en contra de la reapertura de Sierra Pintada

Por UNO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló una medida tomada por el ex juez federal local,Héctor Acosta, que impide la reapertura de la mina de uranio de Sierra Pintada por parte de la

Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), publica este jueves el

Diario San Rafael.

El máximo tribunal rechazó un recurso de queja que había interpuesto la CNEA contra la orden

de Acosta de mantener inactivo el complejo minero. Esta medida había sido dictada en el marco de la

acción de amparo interpuesta por Gabriel Arenas y María Cecilia Bitar, dos vecinos que trabajaron

conjuntamente con la Multisectorial del Sur.

Acosta en su oportunidad le ordenó a la Comisión abstenerse de iniciar cualquier explotación

productiva en el complejo minero fabril de Sierra Pintada, ubicado en San Rafael, lo cual fue

ratificado por la Corte.

La entidad sureña calificó de "contundente éxito judicial" la novedad que partió desde

Capital Federal e insta a la CNEA a "remediar los descalabros ambientales que produjo en Sierra

Pintada" antes de pensar en reabrir, lo cual -a partir del fallo- quedó lejano.

En el comunicado enviado a los distintos medios, se contempló la palabra del doctor Raúl

Montenegro, presidente de la Fundación para la Defensa del Ambiente (FUNAM), quien participó

técnicamente de ambas presentaciones y sostuvo que "la decisión de la Corte Suprema es trascendente

porque coloca en primer lugar la necesidad de remediar la mina, y no la intención de CNEA de

reabrir la explotación".

Agregó que "Sierra Pintada es un cóctel de fuentes contaminantes" y que "CNEA sembró el país

de minas sin remediar".

Asimismo tras la resolución del máximo tribunal, los abogados patrocinantes de quienes

interpusieron el amparo, Andrés Gil Domínguez y Paulina Martínez, dijeron que "es muy importante el

fallo respecto de la protección eficaz del ambiente y la protección de generaciones futuras. Hasta

tanto la CNEA no remedie la totalidad de los pasivos ambientales y esto sea homologado

judicialmente no podrá reabrir Sierra Pintada. Esto implica una aplicación razonable del principio

precautorio en torno al daño ambiental verificado".