EDICTO: TORO PABLO DANIEL C/FUNES BRIAN DANIEL - GONZALEZ MARIANO ROBERTO Y RIVADAVIA SEGUROS P/DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO - Autos N°21176

Por UNO

TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA DE PAZ-PRIMERO. PODER JUDICIAL MENDOZA en Autos N°21176 caratulados “TORO PABLO DANIEL C/FUNES BRIAN DANIEL - GONZALEZ MARIANO ROBERTO Y RIVADAVIA SEGUROS P/DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO”. NOTIFICA A: FUNES BRIAN DANIEL, D.N.I. N° 37.756.874, demandado de ignorado domicilio, lo siguiente: A fs. 32 el Tribunal resolvió: “Mendoza, 30 de Diciembre de 2024. AUTOS Y VISTOS: Los precedentemente intitulados, constancias de autos, dictamen del Ministerio Fiscal de fs. 30 y lo dispuesto por los arts. 69 y 72 del C.P.C.C.yT.; RESUELVO: I-Aprobar la información sumaria rendida en autos y, en consecuencia, declarar que la parte demandada FUNES BRIAN DANIEL, D.N.I. N°37.756.874, resulta ser de ignorado domicilio. II-Notificar el presente auto conjuntamente con el decreto de fs. 10 mediante edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y DIARIO UNO por tres veces, con dos días de intervalo. III-Oportunamente, dése intervención al Sr. Defensor de Pobres y Au-sentes en turno. NOTIFÍQUESE. DRA. ANA JULIA PONTE, Juez Subrogante”. A fs. 10 el Tribunal resolvió: “Mendoza, 05 de Marzo de 2024. Por presentado, por parte y con el domicilio legal constituido. De la demanda interpuesta TRASLADO a los demandados por el término de VEINTE DIAS con citación y emplazamiento para que comparezca, responda y constituya domicilio legal dentro del radio del Juzgado (Arts.21, 74, 75 y 160 del CPCCT). Téngase presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda. NOTIFÍQUESE. Cítese en garantía RIVADAVIA SEGUROS COOPERATIVApara que en el plazo de VEINTE DIAS comparezca, responda, ofrezca prueba y constituya domicilio legal dentro del radio del Juzgado bajo apercibimiento de ley (Art.21, 22, 26 del CPCCT y 118 de la Ley de Seguros). NOTIFIQUESE. Téngase presente el beneficio de litigar sin gastos iniciado por el actor, dando origen a los autos n°21.150. Oficiese al Juzgado Administrativo de Transito de la Municipalidad de Guaymallen, a fin que remita el expediente N°66283-J1A-2022 en carácter de AEV para su análisis antes de la audiencia inicial, sin perjuicio de su oportuna admisión. Autorícese al profesional actuante a confeccionar, suscribir y diligenciar el presente oficio conforme lo dispuesto por el Art.34 Inc.7 del CPCCyT, debiendo ser evacuado en el plazo de 10 (diez) días. Sólo en el supuesto que el requerimiento no fuera informado, el profesional acreditando tal circunstancia, podrá solicitar su reiteración por vía judicial. Transcribir con la parte pertinente y bajo apercibimiento de sanciones en caso de discrepancia con lo ordenado. Art.46 del CPCCyT. Fdo: DRA. LINA ELENA PASERO, Juez”. Oficina Destino: 012144-MECC-MESA DE ENTRADAS CENTRAL CIVIL-Tipo de Presentación: DEMANDA. Profesional: 8894-maria de las mercedes aguero furlotti -Número de Expediente: 0 -Documento: DOCUMENTACION_COMPLETA_TORO.pdf -Tamaño del Archivo: 4922.7 KBytes. -Identificador: GNKQGPE11358. -Subido: 1 de Marzo de 2024 a las 10:58hs. Visibilidad: Publicable. -Link de Descarga: https://s.pjm.gob.ar/meed/?short_id=GNKQGPE11358

Publicado los dìas: 20, 25 y 28/02/2025.