Juez del Tribunal de Gestión Asociada Nro. 4 en lo Civil, Comercial y Minas, en expediente Nro. 411688, caratulados; “Sepulveda Cecilia Irene y Carabajal Jorge Oscar c/ Dumit Antonio Abrahán p/ prescripción adquisitiva” notifica al demandado de domicilio ignorado Sr. Antonio Abrahán Dumit y a los terceros interesados que a fs. 89 se ha dictado sentencia definitiva, la cual en lo pertinente dice: Mendoza, 22 de abril de 2025. Y VISTOS RESULTA. I.- EXPEDIENTE N° 409.132 CARATULADOS FUENTES ROMINA ELENA DEL CARMEN CONTRA DUMIT ANTONIO ABRAHAM POR ESCRITUACIÓN. - 1.- 2.- 3.- 4.- II.- EXPTEDIENTE N° 411688 caratulado SEPULVEDA CECILIA IRENE Y CARBAJAL JORGE OSCAR CONTRA DUMIT ANTONIO ABRAHAM POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. - 1.- 2.- 3.- 4.- 5.- 6.- 7.- 8.- 9.- 10.- 11.-12.- Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I.- EXPEDIENTE N°409.132 CARATULADOS FUENTES ROMINA ELENA DEL CARMEN CONTRA DUMIT ANTONIO ABRAHAM POR ESCRITUACIÓN: 1.- Rechazar la acción de escrituración promovida en autos por la Sra. Romina Elena del Carmen Fuentes en contra del Sr. Antonio Abraham Dumit, por las razones invocadas en los considerandos.- 2- Imponer las costas a la accionante vencida.- 3.- Diferir regulación de honorarios hasta que quede establecida la base. (art. 9 inciso h) Ley 9131). II.- EXPEDIENTE N° 411688 caratulado SEPULVEDA CECILIA IRENE Y CARBAJAL JORGE OSCAR CONTRA DUMIT ANTONIO ABRAHAM POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA 1).- Hacer lugar a la demanda planteada en autos por los actores Cecilia Irene Sepulveda y Jorge Oscar Carbajal, y en consecuencia, otorgar a favor de éstos en partes iguales, el Titulo Supletorio sobre el inmueble inscripto a nombre del demandado, ubicado en calle Sarmiento Nro. 5.472, del distrito de Rodeo del Medio, del departamento de Maipú, Provincia de Mendoza, constante de superficie según mensura de 5 ha 0.349,90 m2 y según título 5 ha 5.000.00 m2, con padrón de rentas 07-01.894-8 (Pol. I), 07-27.495-4 (Pol. II); padrón municipal, 64.235 (Pol. I) y 64234 (Pol II) con frente en calle Sarmiento, entre calle Ortega y Pedro Molina o ruta provincial Nro. 60 y Santa Fe, correspondiente a la siguiente inscripción de dominio en el Registro de la propiedad raíz, 2da inscripción al Nro. 9.263, fs. 96, Tomo 65-B de Maipú, con fecha de escritura 16 de octubre de 1941 y fecha de inscripción 18 de octubre de 1941, con nomenclatura catastral Nro. 07-99-00-0600- en sus dos propiedades; 372355 0000-3 (Prop. I) y 365354-0000-3 (Propiedad II). Todo ello según surge del plano de mensura para título supletorio confeccionado por el Agrimensor Juan Carlos Rodríguez Exp 0329/334-2021, en fecha mayo de 2021.-; declarándose que se habría cumplido el plazo de prescripción en el mes de octubre del año 2001.- 2).- Ordenar que firme la presente resolución, previo acompañar el certificado catastral de la propiedad antes individualizada, y las conformidades profesionales correspondientes, se oficie a las reparticiones públicas a efectos de la inscripción del inmueble individualizado en el punto anterior, a nombre los accionantes en partes iguales. 3).- Imponer las costas en el orden causado. (Arts. 35 y 36 del C.P.C.). 4).- Diferir la regulación de honorarios de los profesionales actuantes hasta tanto se aporten elementos para realizarla de acuerdo a lo dispuesto por el art. 9, inc. g) de la Ley 9131. 5).- Notifíquese la presente sentencia al Defensor Oficial, mediante cédula a la parte actora, y por edictos a los terceros interesados y demandado declarado de ignorado domicilio. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE
EDICTO: Sepulveda Cecilia Irene y Carabajal Jorge Oscar c/ Dumit Antonio Abrahán p/ prescripción adquisitiva - Expediente Nro. 411688,
Publicado el dìa: 30/05/2025.-


