DRA. MARIA MARTA GUASTAVINO, titular del Juzgado de Paz Letrado NRO. GESTION 1, , NOTIFICA a los Señores BARRESSI, OMAR ALBERTO, Documento 12.481.344, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 16.215, caratulados "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ BARRESSI OMAR ALBERTO S/ PROCESO MONITORIO (PREPARA VIA MONITORIA)": NOTIFICO a Usted que en los autos caratulados: "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ BARRESSI OMAR ALBERTO S/ PROCESO MONITORIO (PREPARA VIA MONITORIA)" Expte. N° 16.215, que tramitan por ante el/la Juzgado de Paz Letrado nro. GESTION 1, Secretaria del/a autorizante, se ha dictado la siguiente resolucion que en lo pertinente dice: Mendoza, 05 de Septiembre de 2024. AUTOS Y VISTOS: Los presentes autos y de conformidad con lo dispuesto en el art. 234 ap. I y II del C.P.C.C.T. CONSIDERANDO:.RESUELVO:I.- Tener por preparada la vía monitoria. II.-Admitir la demanda monitoria interpuesta por MONTEMAR CIA. FIN. S.A., y en consecuencia condenar al demandado Sr. OMAR ALBERTO BARRESI DNI N° 12.841.344, al pago del capital reclamado de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE CON 19/100 ($637.920,19), con más intereses pactados, sin perjuicio de su efectiva morigeración al momento de practicar liquidación, IVA sobre intereses, costos y costas del juicio. III.- En defecto de pago, trabar embargo sobre bienes de propiedad del demandado, hasta cubrir la suma total de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000), monto que surge de la suma del capital de condena más la suma de pesos seiscientos sesenta y dos mil setenta y nueve con 81/100 ($ 662.079,81) estimada provisoriamente para responder a intereses y costas. A tal fin se faculta el auxilio de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso de ser necesario (art. 234, ap. II del CPCC y T).IV.- Imponer las costas al accionado (art. 35 y 36 del C.P.C.C. y T.).V.- Regular los honorarios profesionales de la Dras MARIA JOSE SANCHEZ VACA y MARISA HENRIQUEZ en la suma de PESOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 63.792) y PESOS CIENTO VEINTISIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 127.584), respectivamente; con más intereses e I.V.A. que correspondan hasta la fecha de su efectivo pago, (arts. 19 y 31 Ley 9131),sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición a la presente sentencia monitoria.VI.- Hacer saber al ejecutado que, dentro de los CINCO (5) DÍAS HÁBILES a partir de la notificación de la presente podrá OPONERSE a esta sentencia solicitando la nulidad de la vía monitoria, u oposición, defensas, excepciones y ofrecimiento de pruebas. Asimismo, y en el mismo plazo, deberá constituir domicilio legal y dirección electrónica BAJO APERCIBIMIENTO de tenerlo por REBELDE sin más trámite y considerarse firme la presente y continuar con su ejecución, (arts. 234 inc. II, III, IV, 235 inc. I, 21, 74 y75 del CPCC y T). VII.- Por Secretaría del tribunal oficiar al BNA a fin de solicitar la apertura de la cuenta judicial de autos. VIII.- Tener presente las personas autorizadas con los alcances y efectos del Art. 56 del C.P.C.C y T.IX.- Oportunamente, remitir los presentes autos a la Séptima Defensoría Civil de Pobres y Ausentes a los efectos de su notificación, art. 75 Inc. III del CPCC y T. X.- Notificar la sentencia al demandado de ignorado domicilio mediante la publicación edictal prevista por el art. 69 del CPCC y T y 72 del CPCC y T. XI.- NOTIFÍQUESE en el domicilio real del accionado, con copias de la demanda y la documentación acompañada; y a la SEPTIMA Defensoría Civil con remisión del expediente, previa publicación edictal de la sentencia. XII.- Notifíquese la presente a la parte actora por sí, y a sus letrados intervinientes por sus honorarios, por intermedio de la Receptora del Tribunal. Se informan los links de acceso a los códigosMEEDcorrespondientes:https://s.pjm.gob.ar/meed/?short_idAAHKU232116https://s.pjm.gob.ar/meed/?short_id=AAEON232117FMB. FDO:DRA MARIA MARTA GUASTAVINO Y a fs.32 el juzgado proveyó: "Mendoza, 24 de Septiembre de 2024.Atento a lo solicitado, notifíquese por edictos la sentencia recaída en autos, en el Boletín Oficial y Diario Uno, tres (3) veces, con dos (2) días de intervalo (de conformidad con lo prescripto por el art. 69 y art. 72 Inc. IV del CPCC y T).FMB. fdo: DRA PATRICIA CECILIA TOLABA . Secretario"-
EDICTO: MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ BARRESSI OMAR ALBERTO S/ PROCESO MONITORIO (PREPARA VIA MONITORIA) - Autos Nro. 16.215
Publicado el dìa: 22, 27/11/2024 y 02/12/2024.-



