FE DE ERRATAS. En edicto publicado el 6/9/2.024 en Boletín Oficial N° 32185 y en Diario Uno. Colegio de Técnicos de la Construcción e Industria de Mendoza. Por un error involuntario, en vez decir: A tales efectos los Asociados podrán cancelar sus deudas hasta las 13:00 Hs. del día 12 de setiembre de 2020, debe decir: A tales efectos los Asociados podrán cancelar sus deudas hasta las 13:00 Hs. del día 12 de setiembre de 2024.
Publicado el día: 12/09/2024.-



