Primera Cámara del Trabajo de la Primer Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza, autos Nº 161.112 - “ARRIETA, GRACIELA NANCY C/ ACCIONES Y NEGOCIOS HOTELEROS Y TURÍSTICOS S.A. Y OTS. P/ DESPIDO”, notifica y hace saber a MARÍA DANIELA CADILE, D.N.I. N° 33.094.859, de ignorado domicilio, que a fs. 12 se dictó la siguiente resolución: “Mendoza, 02 de Septiembre de 2020.- Proveyendo escrito inserto al pie de la firma, visible en iurix online: Téngase a la parte actora por presentada, parte y por domiciliada, representada por el DR. JUAN IGNACIO NACIF, MAT. 3986.- De la demanda interpuesta, córrase traslado a la parte demandada por el término de OCHO (8) DÍAS hábiles posteriores al de su notificación, perentorios e improrrogables, con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, conteste, ofrezca pruebas y fije domicilio legal dentro del radio del Tribunal, todo ello bajo apercibimiento de ley (artículos 26 y 45 del Código Procesal Laboral, y arts. 21, 64 y 74 del Código Procesal Civil).-
EDICTO: ARRIETA, GRACIELA NANCY C/ ACCIONES Y NEGOCIOS HOTELEROS Y TURÍSTICOS S.A. Y OTS. P/ DESPIDO- Autos Nº 161.112
Téngase presente para su oportunidad la prueba ofrecida.- Hágase saber que en el presente expediente intervendrá el Dr ALFREDO MILUTIN, de conformidad con lo establecido en la Ley 7062/02.- Conforme a lo normado en el punto 2,II del Protocolo General de Gestión del Proceso, Acordada n° 29.283, referido a la “Incorporación temprana de pruebas” hágase saber a las partes que deberán acompañar en forma previa a la celebración de la audiencia inicial, la totalidad de la prueba informativa ofrecida (ej. Correo Argentino, AFIP, ANSES, DPJ, SSTSS, Sindicatos, Escalas Salariales, y demás organismos públicos y privados) a fin de poder proceder a la delimitación y solución temprana y rápida de la causa, bajo apercibimiento de ley.- En cumplimiento de lo previsto en la Acordada N° 28243 sobre Notificaciones Accesibles, hágase saber al demandado que el Tribunal se encuentra ubicado en San Martín 322, segundo piso Ciudad de Mendoza, y que ante cualquier duda podrá concurrir a la Oficina de Informes ubicada en Hall Central del Edificio II (San Martín 322, Ciudad) o línea gratuita 0800-666-5878.- Se hace saber que la presente es una notificación de demanda interpuesta en su contra y que tiene plazos e contestación, por lo cual deberá contar con la asistencia de un abogado para proceder a la defensa y prueba de sus intereses. En caso de no contestar demanda, el juicio continuará sin su participación pudiéndose dictar sentencia, la cual será notificada a este mismo domicilio.- Se le hace saber a las partes que la presente causa tramitará en formato digital quedando el traslado digitalizado por TREINTA (30) DIAS CORRIDOS a disposición de la demandada para su consulta en el siguiente link OFICIO DPJ: http://www.jus.mendoza.gov.ar/contenidos/?id=5f52a8ec89137b00316863bf- AMPLIA DEMANDA: http://www.jus.mendoza.gov.ar/contenidos/?id=5f52a90c89137b00316863c2 DOCUMENTAL: http://www.jus.mendoza.gov.ar/contenidos/?id=5f52a92589137b00316863c7 - DEMANDA: http://www.jus.mendoza.gov.ar/contenidos/?id=5f52a94889137b00316863db - Notifíquese a cargo de la parte actora debiendo acompañar cédulas por el MEED debidamente firmadas y con los links de la demanda. Fdo.: DRA. MARIA DEL CARMEN NENCIOLINI - Juez de Cámara”. Y a fs. 32: “Mendoza, 09 de Febrero de 2022.- AUTOS Y VISTOS:...
RESUELVO: I- Aprobar la información sumaria rendida en autos y, en consecuencia, declarar que el codemandado Sra. MARIA DANIELA CADILE resulta ser persona de ignorado domicilio.- II- Notificar mediante edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y DIARIO UNO por el término de ley, la presente resolución y la de fs. 12.
III- Fecho, dése intervención al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes en turno.- REGISTRESE Y NOTIFÍQUESE en la mat. 10398.- Fdo.: DR. ALFREDO EDUARDO MILUTIN - Juez de Cámara”.
Publicado los días: 07, 10 y 14-03-2022.-


