EDICTO: ANDES TALLERES SPORT CLUB

Por UNO

La Comisión Directiva de ANDES TALLERES SPORT CLUB convoca a Asamblea General Ordinaria, para el día 29 de junio de 2025, a las 9:30 hs en primera convocatoria y a las 10:30 hs en segunda convocatoria, en las instalaciones del Club Andes Talleres en la calle Belgrano N° 1547, Godoy Cruz, Provincia de Mendoza, para tratar el siguiente orden del día: 1) Lectura del acta anterior y aprobación de la misma. 2) Designación de dos asambleístas para que conjuntamente con el secretario y el presidente firmen el acta de la asamblea general ordinaria. 3) Aprobación memoria y balance del ejercicio finalizado al 31/07/2024. Se hace saber a los socios que la documentación contable correspondiente al ejercicio finalizado al 31/07/2024, junto con el informe de comisión revisora de cuentas se encontrará a disposición de los socios en Secretaria del Club a partir del 05 de junio de 2025. 4) Apelación del Sr. Godoy y del Sr. Kenan contra la resolución del Tribunal de Honor. Se hace saber a los socios que los Sres. Godoy y Kenan han apelado la resolución del tribunal de honor. Por lo tanto, conforme art. 77 y 88 del estatuto los socios deben resolver los recursos de apelaciones interpuestos. A tales efectos, tanto los escritos de apelación como la documentación tenida en cuenta por el Tribunal de Honor para tomar la resolución será puesta a disposición de todos los socios en Secretaria del Club los días Martes 27/05, Jueves 05/06, Martes 09/06, Jueves 19/06, Martes 24/06, Jueves 26/06, en horarios de 18:00 a 20:00 hs., para que puedan compulsarla con anterioridad a la Asamblea, fecha en la cual se deberá resolver acerca de las apelaciones interpuestas. 5) Elección de miembros integrantes de la Comisión Electoral, conforme art. 88 del estatuto, en miras a las elecciones de autoridades aprobada para octubre de 2025. Conforme art. 92 del Estatuto, se transcriben a continuación los arts. 90 y 91, a saber: “Art. 90° - Las Asambleas se constituirán en primera convocatoria con la presencia del cincuenta por ciento de los socios con derechos a voto que se encuentren habilitados y haya cancelado, por lo menos, la cuota social del mes inmediato anterior a la fecha de realización de la Asamblea. Art. 91° - Las Asambleas se constituirán en segunda convocatoria una hora después de la fijada para la primera, en caso de no haber número para constituir esta y lo hará con la cantidad de socios habilitados presentes, siempre que su número no sea inferior a veinte.

Publicado los dìas: 21/05/2025.