JUEZ, SEGUNDO JUZGADO DE GESTION ASOCIADA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS, en los autos N° 272.306, caratulados “AGUERO ANTONIO HÉCTOR C/ COOPERATIVA DE VIVIENDA URBANIZACION Y SERVICIOS PUBLICOS BARRIO DEMOCRACIA LTDA P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, NOTIFICA a los terceros posibles interesados la siguiente resolución: “Mendoza, 03 de Febrero de 2025. Y VISTOS… RESULTA:…CONSIDERANDO:… RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda instaurada por Antonio Héctor Agüero contra COOPERATIVA DE VIVIENDA, URBANIZACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS “BARRIO DEMOCRACIA” LTDA por prescripción adquisitiva veinteañal respecto del inmueble situado en Barrio Democracia, Manzana C, Casa Nro. 9, El Plumerillo, Las Heras Mendoza anotado ante la Dirección de Registros Públicos de la Provincia de Mendoza como Primer Inscripción del asiento nº 28.705, FS. 901 Tº57-C de Las Heras, con una superficie según título de 7 ha. 4106.00 m2, según mensura de 127,50 m2, nomenclatura catastral 03-09-09-0009-000200-0000-5, padrón de Rentas 03-65074-4, padrón municipal 53.781 fijándose como fecha de cumplimiento del plazo de prescripción el día 15 de noviembre de 2011. II.- Imponer las costas en el orden causado. III.- Diferir la regulación de los honorarios profesionales hasta tanto se acompañen elementos suficientes para su cálculo (art. 5 ley 9031) IV.- Firme la presente, PREVIO pago de los impuestos y tasas que correspondan y conformidad de A.T.M. y de los profesionales intervinientes, inscríbase en las Reparticiones Públicas pertinentes. Fecho, inscríbase en el Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia. OFÍCIESE.- CÓPIESE. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE a la actora y profesionales actuantes por CÉDULA, a los posibles terceros interesados y a las Sras. Defensoras Oficiales con remisión de los presentes. Fdo: Dra. Marcela C. RUIZ DIAZ – Juez”. Y auto de acalratoria de fs. 63: “Mendoza, 25 de Marzo de 2025. AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: RESUELVO: Admitir el recurso de aclaratoria incoado a fs. 444 y 447 (pdf) y, en consecuencia, modificar en su parte pertinente el resolutivo I.- de la sentencia de fecha 03/02/2025, que quedará redactado de la siguiente manera: “I.- Hacer lugar a la demanda instaurada por Antonio Héctor Agüero contra COOPERATIVA DE VIVIENDA, URBANIZACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS “BARRIO DEMOCRACIA” LTDA por prescripción adquisitiva veinteñal respecto del inmueble situado en Barrio Democracia, Manzana C, Casa Nro. 9-B, El Plumerillo, Las Heras Mendoza anotado ante la Dirección de Registros Públicos de la Provincia de Mendoza como Primer Inscripción del asiento nº 28.705, FS. 901 Tº57- C de Las Heras, con una superficie según título de 7 ha. 4106.00 m2, según mensura de 127,50 m2, nomenclatura catastral 03-09-09-0009-000200 0000-5, padrón de Rentas 03-65074-4, padrón municipal 53.781 fijándose como
EDICTO: AGUERO ANTONIO HÉCTOR C/ COOPERATIVA DE VIVIENDA URBANIZACION Y SERVICIOS PUBLICOS BARRIO DEMOCRACIA LTDA P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - Autos N° 272.306
fecha de cumplimiento del plazo de prescripción el día 15 de noviembre de 2011”. REGÍSTRESE.- NOTIFÍQUESE. DRA. MARCELA C. RUIZ DIAZ”
Publicado el dìa: 31/07/2025.-



