El rebrote de casos de coronavirus en Mendoza, fundamentalmente a partir de reuniones de amigos clandestinas, hizo que el gobernador Rodolfo Suarez diera marcha atrás con la habilitación de las juntadas y hasta que mandara a la Legislatura provincial un proyecto de ley para establecer duras sanciones para quienes organicen una.

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Así, las reuniones de amigos quedaron terminantemente prohibidas en Mendoza, salvo que sean en restoranes o bares y según el protocolo que habilita dicha actividad (máximo seis personas, con reserva por DNI).

Las que siguen permitidas pero solo sábados, domingos y feriados son las reuniones familiares de hasta 10 personas.

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La iniciativa del gobernador Suarez implica una sanción contravencional para el que organizare o alojare una reunión "prohibida" que puede consistir en:

  • Arresto
  • O trabajo comunitario

El proyecto solicita que se incorpore en el Código de Contravenciones de Mendoza durante el tiempo que dure la emergencia por la pandemia por coronavirus un artículo 199 bis que establezca:

"Art. 119 bis.- Incumplimiento de normativa de emergencia en materia sanitaria. El que organizare y/o alojare REUNIONES que impliquen incumplimiento de las normas que regulan estas actividades y las instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, dictadas durante la Emergencia Pública ratificada por Ley Nº 9220, será sancionado con arresto desde QUINCE (15) DIAS hasta TREINTA (30) DÍAS o trabajo comunitario desde SESENTA (60) DÍAS hasta OCHENTA (80) DÍAS.
En caso de reincidencia la sanción se elevará al DOBLE DE SU MÍNIMO Y MÁXIMO".

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¿Se puede ir preso por ir u organizar una reunión de amigos clandestina?

Por ahora no. Ese proyecto de ley que el gobernador Suarez envió a la Legislatura a fines de junio aún no ha sido tratado por los diputados y senadores provinciales.

¿Arresto no pero multa sí?

El decreto 775 publicado en el Boletín Oficial, que derogó la habilitación de reuniones en general, también modificó el artículo referido a las reuniones familiares, que quedó de la siguiente manera:

"Habilítese en el ámbito territorial de la Provincia la realización de reuniones familiares, hasta un máximo de diez (10) personas con parentesco en razón de la naturaleza, las técnicas dereproducción humana asistida, la adopción o la afinidad, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral. Las reuniones referidas podrán realizarse sólo los días sábados, domingos y feriados, en horario de 09.00 a 23.00 horas y cumpliendo con las condiciones que se establecen en el protocolo que como Anexo forma parte de la presente”.

A dichos efectos sigue vigente la multa de $50.000 para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate una infracción a esa norma, lo que encuadraría en caso de que la reunión familiar sea de más personas de lo permitido, fuera de los horarios establecidos o que no sea precisamente "familiar".

¿Por qué está preso el "caso 98"?

La situación del trístemente célebre "caso 98" de Mendoza es más complicada que la de un "organizador de reunión de amigos". En su caso, está imputado por tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil y violación de la cuarentena por la fiscal correccional Gabriela García Cobos.

Esos delitos contemplan una pena de 6 meses a 2 años de cárcel, por lo que son excarcelables.

El primero se debe a un revólver calibre 32 que se encontró en su domicilio tras un allanamiento. El segundo fue debido a la presunta fiesta que realizó en su domicilio por la que no solo se violó la cuarentena sino que además se contagiaron de coronavirus varias personas.

Cómo denunciar una reunión clandestina

Para el caso que se detecten reuniones que incumplan la normativa, quedan habilitados para efectuar las correspondientes denuncias el teléfono 911 y la app 148 Mendoza (descarga en playstore), o en la web www.mendoza.gov.ar/consultas/