La norma estuvo en "consulta pública en la Argentina a través de la página del Senasa".

Multas para los productos orgánicos falsos

Por UNO

El Senasa ejercerá un control integral de la cadena de valor de los productos y subproductos orgánicos agropecuarios y acuícolas, y aplicarán multas de hasta $10 millones a quienes transgredan las normas, se publicó en el Boletín Oficial. Juan Carlos Batista, director de Calidad Agroalimentaria del Senasa, explicó a NA que se trata de "un texto ordenado de toda la normativa de orgánicos". "Las primeras normas de orgánicos son de 1992 y fueron sumándose otras en los últimos años, ahora se las ordenó con esta normativa", sostuvo el funcionario. Agregó que se hizo una "consulta con la Organización Mundial del Comercio (OMC) a través del Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio". La norma, según expresó Batista, estuvo en "consulta pública en la Argentina a través de la página del Senasa". Añadió que es una "normativa que alcanza la producción industrial, de comercio, control y certificación de producciones orgánicas". Respecto de las multas con hasta 10 millones de pesos, dijo que es el monto habitual que cobra el Senasa. La medida -publicada en el Boletín Oficial- dispone normas de control en las etapas de de producción, post-cosecha, elaboración, distribución, tipificación, empaque, identificación, etiquetado, comercialización, transporte y certificación de productos y subproductos orgánicos de origen agropecuario y acuícola. "Los gastos que se generen como consecuencia de las auditorias ejercidas por Senasa están a cargo de las entidades auditadas. Asimismo, aquellas acciones pertinentes de control, a solicitud de parte, que generen gastos a este servicio nacional, deben ser financiadas por los solicitantes", indica la normativa.La resolución 374/16 del Senasa unificó los criterios técnicos y metodológicos que deben cumplir las empresas elaboradoras de agroproductos orgánicos para ser identificados como tales, los cuales podrán pronto ser consultados en el sitio del organismo sanitario, según el sitio Valor Soja.Entre las infracciones consideradas graves se incluyen la identificación de un producto como orgánico cuando no cumple tal condición, no respetar el protocolo de producción orgánica, falsear datos o documentación y ejercer actividades de certificación de productos orgánicos sin estar habilitado oficialmente para ello."Tales infracciones podrán ser sancionadas con multas de hasta 10 millones de pesos, suspensión de hasta un año, clausura temporaria o definitiva y/o decomiso de productos", se estableció.En los fundamentos de la resolución 374/16 se indica que "la producción orgánica es un sistema general de manejo agrícola y de producción de alimentos que combina las mejores prácticas de gestión ambiental, conservando un elevado nivel de biodiversidad, preservando los recursos naturales, atendiendo las normas de bienestar animal y las preferencias de determinados consumidores por productos obtenidos a partir de materias primas, sustancias y procesos naturales". También señala que "los Organismos Genéticamente Modificados (OGM) y los productos producidos a partir de ellos, o mediante OGM, son incompatibles con el concepto de producción orgánica y la percepción del consumidor de los productos orgánicos, por lo que no deben utilizarse en la agricultura orgánica ni en el procesado de estos productos".