En el Parque General San Martín

Cerro de la Gloria: construirán un moderno restorán

La unidad de servicios ubicada en la explanada del Cerro de la Gloria contempla además del restorán la construcción de nuevos baños públicos

Por UNO

El director del Parque General San Martín, Ricardo Mariotti, dio a conocer el llamado a licitación que tiene por objeto otorgar la construcción y explotación comercial de la Unidad de Servicios que se denomina “El Cerro”, ubicada en la explanada del Cerro de la Gloria. “Esta iniciativa comprende que la nueva unidad sea realizada con fondos privados, articulando de esta manera políticas de tipo publico privada, tal como se viene realizando y se realizará con todas las unidades de servicio del Parque. Una vez vencidos los plazos establecidos, las inversiones concretadas pasan a manos del estado incrementando el patrimonio de los mendocinos”, declaró el funcionario.

Según detalla el llamado licitatorio, el oferente debe presentar una propuesta integral respetuosa del entorno y de los bienes patrimoniales del sitio teniendo en cuenta las recomendaciones e indicaciones de la Ley de Patrimonio Cultural 6034 y su decreto reglamentario 1882/2009.

Las propuestas serán evaluadas por la Dirección de Parques y Paseos Públicos y contará con el asesoramiento de la Dirección de Patrimonio Cultural y Museos, quien deberá aprobar los aspectos relacionados con la mencionada Ley.

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El histórico Cerro de la Gloria, uno de los lugares que concentra la atención de mendocinos y turistas en general tendrá nuevo restorán.

El histórico Cerro de la Gloria, uno de los lugares que concentra la atención de mendocinos y turistas en general tendrá nuevo restorán.

El funcionario explicó que el edificio a construirse en el Cerro de la Gloria será un restorán de aproximadamente 145 m2. de afectación exclusiva para la actividad a concesionar e incluirá sanitarios públicos, los que deberán mantenerse habilitados para el público en general y libres de todo obstáculo en sus acceso: “Serán mantenidos en perfectas condiciones de higiene y funcionamiento bajo exclusivo cargo del Concesionario durante todo el período de la concesión”.

El proponente deberá tener en cuenta que el sitio posee valores históricos y piezas que deberán respetarse como la forestación, muros de piedra, etc, de tal manera que el total de la propuesta arquitectónica y su funcionamiento debe ser respetuosa del entorno ambiental y de los bienes patrimoniales del sitio.

“El plazo de vigencia de la concesión será de doce años, que se computará, en todos los casos y a todos los efectos, a partir de la firma del contrato. Este plazo corresponde a la demolición del edificio existente en el Cerro de la Gloria, construcción del edificio para restorán y espacios exteriores”, concluyó el director.

Cabe destacar que la concesión de la Unidad de Servicio “El Cerro” podrá prorrogarse por hasta un plazo máximo de cinco años.

En virtud del “especial” momento de incertidumbre que se vive a nivel mundial a raíz de la pandemia declarada de Covid- 19, la concedente podrá extender y reprogramar todos los plazos previstos en el Pliego Licitatorio, respetando todos los plazos variables en idéntica proporción. Esto se aplicará si al momento del inicio de las diferentes etapas contempladas en la concesión (plazo de obra e inicio de actividad comercial) aún se mantuvieran condiciones de restricción impuestas por el Gobierno Nacional o Provincial para las actividades correspondientes y ello impidiera cumplir con los plazos de obra (7 meses) y/o el inicio de la actividad comercial en su respectivo momento. De esta forma se trasladaría la fecha de conclusión del periodo de vigencia de la concesión, basado en una medida de excepción y respaldado por las medidas contempladas en la normativa vigente a cada momento.

Esta medida de excepción comprende la posibilidad de extensión del plazo de vigencia de la Concesión, el plazo de obra, el inicio de la actividad económica y consecuentemente a los plazos establecido de gracia para el pago del canon si las restricciones para el inicio de las actividades comerciales y turísticas se hubieran mantenido vigentes al momento de iniciar las etapas de concesión respectivas, impidiendo el normal desarrollo de la obra o la explotación comercial.