Propuesta del PJ

Nuevo proyecto para regular la actividad de geriátricos públicos y privados

Por UNO

La diputada del Frente de Todos, Liliana Paponet, hizo una propuesta  que tiene como objeto regular la habilitación, funcionamiento, actividades, controles y el régimen de sanciones aplicables a los establecimientos para personas adultas mayores, ya sean de gestión pública y privada y con o sin fines de lucro, en todo el territorio provincial. Deberán estar sometidos a la fiscalización de las autoridades del Gobierno de Mendoza.

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“Si bien el porcentaje de adultas y adultos mayores que residen o habitan en estos lugares no supera el 5% del total de población mayor de 65 años en nuestro país, la situación en la que se encuentran los establecimientos para el cuidado, albergue y atención de nuestros adultos y adultas mayores en nuestra provincia deja mucho que desear”, destacó Paponet.

En Mendoza los efectores que albergan o amparan a las personas adultas mayores, ven reglada su actividad a través de la Ley Provincial 5.532 y su Decreto Reglamentario 3016/1992. Estas normativas establecen no sólo las condiciones para los establecimientos geriátricos de atención personas adultas mayores sino también para un gran y variado abanico de prestadores de salud.

La propuesta

La iniciativa de Paponet dice que "el Poder Ejecutivo designará como autoridad de aplicación  al Ministerio de Salud  de la Provincia o el organismo que en el futuro la reemplace, quien tendrá las siguientes funciones y atribuciones:

  • Evaluar la calidad de las prestaciones que brinden los establecimientos y efectuar el control formal del cumplimiento de la presente ley.
  • Controlar y mantener actualizado el registro creado por la presente Ley.
  • Coordinar sus tareas con otras áreas competentes.
  • Detectar las irregularidades y faltas que ocurran e intimar al establecimiento para personas adultas mayores a su regularización bajo pena de las sanciones desarrolladas en el Artículo 19º.
  • Elaborar informes y estadísticas anuales de las prestaciones brindadas por los establecimientos para personas mayores en la provincia de Mendoza.
  • Proporcionar asistencia técnica y asesoramiento a las distintas instituciones o áreas gubernamentales relacionadas al tema, así como a particulares que lo soliciten.
  • Otorgar la habilitación provincial para el ejercicio de la actividad.
  • Conformar equipos interdisciplinarios para la fiscalización y control de los establecimientos contemplando de manera integral las condiciones edilicias, los cuidados y atención para los residentes temporales y/o permanentes, la atención sanitaria, las actividades que fomenten la plenitud física y mental de las personas adultas mayores y toda otra condición que procure el bienestar general de las y los abuelos.

Todo el personal alcanzado por la presente ley deberá capacitarse en el área de Gerontología a través de cursos que abarquen las diferentes particularidades de esta franja etaria. Queda exceptuado de esta obligación el personal de aseo y limpieza.

El Poder Ejecutivo impulsará la capacitación en su ámbito a través de la Dirección de Atención de Adultos Mayores perteneciente al Ministerio de Salud, Desarrollo social y Deportes de la Provincia de Mendoza.

Se establece la creación de un Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Geriátricos. Este registro será confeccionado por la autoridad de aplicación, y deberá contar con la información de las instituciones que se encuentren habilitadas en todo el territorio provincial.

“Considerando entonces que las normativas locales actuales abarcan un universo muy heterogéneo, creemos pertinente y urgente generar una Ley provincial específica que establezca un marco normativo apropiado para la actividad, que reconozca los derechos de las y los adultos mayores de nuestra provincia y que, también, defina las obligaciones y especificidades pertinentes a los/as titulares de los establecimientos que prestan estos servicios” “Considerando entonces que las normativas locales actuales abarcan un universo muy heterogéneo, creemos pertinente y urgente generar una Ley provincial específica que establezca un marco normativo apropiado para la actividad, que reconozca los derechos de las y los adultos mayores de nuestra provincia y que, también, defina las obligaciones y especificidades pertinentes a los/as titulares de los establecimientos que prestan estos servicios”

Liliana Paponet, diputada provincial del Frente de Todos

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