La pareja, conformada por la abogada Verónica Dessio, de 38 años, y la estudiante depsicología Carolina Pérez, de 37, ya había solicitado un turno para casarse pero el Registro Civilse lo negó. Las mujeres mantienen un vínculo afectivo desde hace nueve años. En su dictamen, los magistrados dijeron no hallar "razón de validez constitucional que seimponga para admitir la prohibición de la celebración del contrato matrimonial entre personas delmismo sexo, entiendo en consecuencia que debe declararse la inconstitucionalidad de los artículos172, 188 y concordantes (condiciones y requisitos para contraer matrimonio) del Código Civil",concluyeron. "Se debe hacer lugar al pedido debido al amor que se profesan y dada la relación de pareja que tienen las peticionantes, que por ello han decidido contraer matrimonio", argumentó elTribunal. También señaló que "en otras épocas existían prohibiciones al matrimonio entre personas dediferentes etnias, religiones, razas o grupos sociales, circunstancias que hoy resultan sin dudarepugnantes y combatidas legalmente por cualquier Estado moderno y democrático". El Tribunal Oralen lo Criminal II destacó la incidencia de la decisión judicial en la facilitación del ejerciciopleno de derechos de las peticionantes. ►
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