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Según la ley, hay que esperar tres años desde la fecha de la boda para poder iniciar los trámites. En el caso de la separación, el plazo es dos años.

Un juez rosarino declaró ilegal el plazo previo para pedir divorcio

Por UNO

La Justicia de Familia de Rosario declaró inconstitucional el plazo de tres años desde celebrado un matrimonio para poder iniciar los trámites de divorcio, que dispone el Código Civil, y permitió a una pareja romper el vínculo a los seis meses de casados.

El juez de Familia Ricardo Dutto lo admitió en el caso de una pareja que había contraído enlace el 3 de febrero último, pero a los pocos días decidió separarse y desde entonces vivió en casas separadas en forma ininterrumpida.

“El fallo dice que le corresponde a la Justicia llegar a tiempo para resolver problemas. Entonces, no tiene tiene sentido que a dos personas, que se unieron en matrimonio y al poco tiempo deciden separarse, que no tienen hijos ni bienes en común, la ley o el Estado los obligue a mantener una relación matrimonial que de hecho no existe”. Así lo afirmó Roberto Bargut, representante legal de uno de uno de los miembros del matrimonio que fue disuelto en tiempo récord en un fallo judicial que, además declaró inconstitucional el artículo del Código Civil que establece un mínimo de tres años de convivencia para iniciar el trámite de separación legal.

El juez Dutto dictó en estos días la sentencia de divorcio y a la vez declaró inconstitucional el artículo del Código Civil que establece un mínimo de tres años de convivencia de las parejas antes de iniciar cualquier juicio o trámite de separación.

En contacto con el programa Dos tipos audacesde La Ocho, Bargut sostuvo que esa norma legal “es un anacronismo propio de la ley de divorcio vincula, que hace más de 20 años que fue sancionada y que debe modificarse por las situaciones de hecho que se van dando”.

El abobado defensor del hombre que integraba la pareja manifestó esta mañana que los cónyuges “tenían una posición tomada. Cuando se hizo la audiencia de conciliación dejaron bien en claro que no tenían intenciones de continuar casados. El fallo del juez Dutto lo determina. Hay un principio de libertad garantizada por la Constitución. No tiene ningún sentido que el Estado obligue a estas dos personas mantengan el vínculo tres años cuando no tienen la más mínima voluntad de hacerlo”.

Fuente: La Capital