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El Gobierno reconoció el nuevo protocolo de acción para las fuerzas federales en el Boletín Oficial.

Las fuerzas de seguridad tendrán más libertades para disparar

Por UNO

A través del Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó un nuevo protocolo de acción para las fuerzas de seguridad. La resolución 956/2018 dispone que el uso de armas letales es válido por parte de las fuerzas federales de seguridad en "defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves" o "para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas".

Peligro inminente es la situación en la que se "actúe bajo amenaza de muerte o de lesiones graves para sí, o para terceras personas", o en caso de que "el presunto delincuente posea un arma letal, aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal".

La resolución establece además que ante el necesario empleo de armas, los agentes "deberán identificarse como tales, intimando de viva voz a cesar la actividad ilícita" salvo "en aquellas situaciones donde dicha acción pueda suponer un riesgo de muerte o de lesiones graves a otras personas". Sin embargo, no es obligatoria la identificación como agente federal "cuando se pusiera indebidamente en peligro sus propias vidas o su integridad física, o cuando resultare ello evidentemente inadecuado o inútil".

La ministra de Seguridad Patricia Bullrich aclaró que todas las fuerzas de seguridad bajo su órbita serán abarcadas por esta resolución: la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria.

También instó a las fuerzas de seguridad provinciales a adoptar el mismo protocolo.