Así lo estableció el tribunal en un fallo plenario en el que los jueces de la Cámara seabocaron a establecer a partir de cuándo dejó de tener efecto la doble indemnización. Ante la crisis económica de fines de 2001, se dictó la ley 25.561 de emergencia queestableció la suspensión de "los despidos sin causa justificada" y en el caso que se produjera labaja laboral fijó que "los empleadores deberán abonar a los trabajadores perjudicados el doble dela indemnización que les correspondiese". La norma quedó derogada con el dictado del decreto 1224/2007 de Cristina Kirchner, ya que latasa de desocupación entonces era menor del 10 por ciento, condición que se había establecido paraderogar la indemnización duplicada En el voto de la mayoría, la jueza Elsa Porta sostuvo que el decreto fue dictado "luego deverificarse la caída de la desocupación según el resultado de los distintos indicadores queconfecciona el Indec y cuando esa disminución no era un hecho aislado ni meramente accidental,temporario ni estacional". En ese marco, sostuvo que la puesta en vigencia del decreto, el 11 de septiembre de 2007, esla fecha en la que caducó la doble indemnización Para la magistrada, establecer una fecha de finalización del pago era necesario para que haya"seguridad y certeza tanto a las partes del contrato como a los operadores jurídicos".